Boletines/Roque Pérez

Decreto Nº128/2026

Decreto Nº 128/2026

Roque Pérez, 06/02/2026

Visto

El Expediente N° 4096-2642/2026  iniciado por Pacuca S.A. Planta La Biznaguita, extracto “presenta documentación y solicita certificado de aptitud ambiental, donde a fojas número 1 se hace pedido de estudio de impacto ambiental que resulta la Auditoria Ambiental de Adecuación y la sub siguiente emisión de la Declaración de Impacto Ambiental del establecimiento industrial dedicado a elaboración de alimentos preparados para animales (rubro 10800) cuya actividad especifica es la elaboración de pellet para alimentación de animales.

Considerando

Que se presenta la  Auditoria de Adecuación Ambiental (AAA) de acuerdo con lo establecido en la Ley Provincial Nº 12.605 y su Decreto Reglamentario Nº 96/07;

           Que atento que la Provincia de Buenos Aires aglutina la mayoría de los establecimientos dedicados a este rubro, resulta necesario planificar una política de prevención de los posibles impactos que la actividad pudiera generar, dado que los mismos, una vez ocasionados, resultan social y económicamente más costosos de subsanar;

          Que los establecimientos involucrados presentan inconvenientes relacionados con impactos, tales como ruido, generación de material particulado y atracción de fauna posible vectora de enfermedades, hechos estos que revisten una complejidad tal que requieren ser tutelados desde el punto de vista de la preservación ambiental;

          Que la presente normativa tiene por objeto garantizar la coexistencia de las necesidades del desarrollo socioeconómico y los requerimientos de la protección ambiental, (DIA) expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal según los supuestos descriptos

          Que la Directora de Medio Ambiente informa que la empresa PACUCA/Planta Biznaguita ha realizado y finalizado los tramites correspondientes a la fase 1 (clasificación de nivel ambiental, CNCA) ante el Ministerio de ambiente de la Provincia de Buenos Aires fs 93 y 94 de autos.  

          Que Pacuca S.A., Presenta Auditoria Adecuación Ambiental (EIA), de manera digital e impresa firmado por Ingeniero Civil y Laboral Juan Mauricio Lejtman, Matricula CIPBA 50.855, Registro Único de Profesionales del Ambiente de OPDS Nº RUP - 000263),a fs 2 a 92 del expediente;

        Que tramito la clasificación del nivel de complejidad ambiental (CNCA) clasificando en la segunda categoría del nivel de complejidad ambiental al establecimiento industrial de la firma PACUCA SA CUIT 30-65228607-7 sito en Ruta 205 km 138 de la localidad de Roque Pérez

          Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente.

          Que en consecuencia, corresponde proceder al dictado de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) por la cual se establecen las condiciones específicas a las que deberá ajustarse el emprendimiento en cuanto al funcionamiento correspondiente, a través del seguimiento de las obras y medidas de mitigación de los impactos negativos más relevantes planteados en Auditoría Ambiental de Adecuación(AAA) presentado.

 

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ROQUE PEREZ

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1°.-Otórgase la Declaración de Impacto Ambiental, a la firma PACUCA S A CUIT 30-6522860-7, a los 6 días del mes de febrero de 2026, al proyecto “Planta La Biznaguita” acopio de cereales, actividad especifica elaboración de pellet para alimentación de animales, emplazado en Ruta 205 km 138 de Roque Pérez,  fracción parcela 277 Acceso Pedro Gutierrez, Circ II - Parcela 329T, del partido de Roque Pérez.

 

ARTICULO 2°.-Dejese establecido que, sin perjuicio de todo otro requerimiento, en el marco de su condición de Autoridad Ambiental Municipal la Dirección de Ambiente  pueda exigir, la concreción del presente proyecto y queda condicionado al cumplimiento de los requisitos y recomendaciones planteados en el Informe Técnico presentado por el Ing Juan Lejtman, como así también del cumplimiento de las condiciones exigidas por otras áreas municipales, como otros organismos provinciales o nacionales, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones correspondientes y/o revocar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que por este acto se otorga.

 

ARTICULO 3°.- La validez de la Declaración de Impacto Ambiental será de 4 (cuatro) años, excepto para los establecimientos preexistentes que por primera vez obtengan dicha Declaración en cuyo caso tendrá una validez de 2 (dos) años como reza en el Artículo 18°.- del DECRETO 96/2007

 

ARTICULO 4°.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese al titular de PACUCA S.A y/o apoderado, publíquese y archívese.

 

 

 

DECRETO N° 128/2026.-