Boletines/Chascomús

Decreto Nº1023/25

Decreto Nº 1023/25

Chascomús, 30/12/2025

TRANSFERENCIAS A ORDINARIOS

Visto

El Decreto Provincial Nº 2.980/00 que regula la Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal; y

Considerando

Que durante el Ejercicio 2025 se percibieron importes adeudados, por lo que resulta necesario la restitución de las sumas transferidas a Recursos Ordinarios de Libre Disponibilidad por un importe total de pesos siete millones seiscientos veinte mil ochenta y tres con 00/100 ($ 7.620.083,00).

Que el importe en cuestión corresponde al rubro Rubro 17.5.01.58 Subs. Min. De Des. Agrario – Primer Encuentro Regional de Mercados Bonaerense “Posta de Sabores” tramitado mediante el expediente 165582/24, realizado el 12 de octubre del 2024.

Que visto que al cierre del ejercicio 2024 no se contaba con información fehaciente respecto a la confirmación del subsidio, los gastos fueron imputados al tesoro municipal y solventados con recursos ordinarios.

Que con fecha 23 de enero de 2025 se aprueba la resolución N°44 Del Ministerio de Desarrollo Agrario mediante la cual se autoriza el otorgamiento del subsidio por la suma indicada, la cual fue recibida en las arcas municipales el día 12/3 del ejercicio en curso.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Autorícese la trasferencia de Pesos Siete Millones Seiscientos Veinte Mil Ochenta y Tres con 00/100 ($ 7.620.083,00) desde el Rubro de Recursos 17.5.01.58 Subs. Min. De Des. Agrario – Primer Encuentro Regional de Mercados Bonaerense “Posta de Sabores” a Recursos Ordinarios de libre disponibilidad, según lo expuesto en los considerandos.-

ARTICULO 2°.- Autorícese la trasferencia de Pesos Sesenta y Nueve Mil Doscientos Noventa y Tres con 18/100 ($ 69.293.18) desde Recursos Ordinarios para realizar ajustes de tesorería.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Secretaria de Hacienda, Contaduría Tesorería y Dirección de Presupuesto.-

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Interino (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal  y archívese.-