Boletines/Chascomús
Decreto Nº 250/26
Chascomús, 31/03/2026
DESIGNACION DIRECTORA Y CO DIRECTORA FARMACIA HOSPITAL MUNICIPAL "SAN VICENTE DE PAÚL"
Visto
La necesidad de designar personal en farmacia y esterilización en Hospital Municipal; y
Considerando
Que por Decreto 1007/2025, se aceptó la renuncia a PIERRI Mariana, quien se desempeñaba como Directora Técnica de Farmacia y Esterilización en Hospital Municipal San Vicente de Paul al 19/12/2025.
Que deben designarse agentes con título profesional habilitante, idoneidad y responsabilidad para cubrir los cargos vacantes.
Que se propone designar como Directora de Farmacia y Esterilización a la agente FUENTES Liliana, legajo 10.345, quien actualmente se desempeña como Co-Directora de Farmacia y Esterilización en la institución.
Que durante las licencias de la responsable técnica de la Farmacia del Hospital Municipal debe quedar otro responsable del servicio, al igual que durante las guardias pasivas o activas con las que se organiza el funcionamiento del servicio.
Que se debe designar Co-Directora del servicio nombrado, proponiéndose en su lugar a la agente MARTÍNEZ LEANES Milagros legajo 12.164.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Desígnese a la agente municipal Farmacéutica Liliana María FUENTES, DNI 27.855.825, Legajo N° 10.345, como Directora Técnica del Servicio de Farmacia y Esterilización en el Hospital Municipal “San Vicente de Paul”, a partir del 19/12/2025.-
ARTICULO 2°.- Desígnese a la agente municipal Farmacéutica MARTINEZ LEANES Milagros, DNI 41.099.777, Legajo N° 12.164, como Co-Directora Técnica del Servicio de Farmacia y Esterilización en el Hospital Municipal “San Vicente de Paul”, a partir del 02/01/2026.-
ARTICULO 3°.- Se reconoce retroactivamente el pago del concepto “Bloqueo de Título”, del 100% del sueldo básico correspondiente desde el inicio de sus nuevas funciones.-
ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la partida presupuestaria que corresponda.-
ARTICULO 5°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Salud Pública, Dirección de Administración de RR.HH., Dirección de Liquidaciones, Hospital Municipal “San Vicente de Paúl”, agentes y al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y la Secretaria de Salud Pública (Marcela Arias).-
ARTÍCULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-