Boletines/Chascomús

Decreto Nº234/26

Decreto Nº 234/26

Chascomús, 27/03/2026

RESCISION CONTRATO

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2026-00011154-CHASCOMUS-DCH#SSRRHH, caratulado “Situación Agente RODRIGUEZ HARDIE Néstor Ángel RESCISIÓN CONTRATO LEG. 12067 DNI 21.567.064”; y

 

Considerando

Que el mencionado agente es contratado como PERSONAL TEMPORARIO, en el área de la Intendencia, en la categoría de jornalizado de 40 horas semanales, dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, conforme contrato N° 3722, con fecha de vencimiento el 31/10/2026 (ver orden 2), del GDE EX-2026-00011154-CHASCOMUS-DCH#SSRRHH.

Que al número de orden 3, obra ME-2026-11147-CHASCOMUS-SSPU#SOSPU, mediante el cual hay informe emitido por el subsecretario de Servicios Públicos, de fecha 18/03/2026, a través del cual manifiesta que: “Por medio del presente se deja constancia de la evaluación del desempeño del agente RODRIGUEZ, NÉSTOR ÁNGEL, LEG. 12.067, perteneciente al área de Instalaciones Eléctricas, actualmente desarrollando trabajos en la Cuadrilla de Aires Acondicionados. Durante el período observado, se han evidenciado reiteradas dificultades en el cumplimiento de las órdenes legalmente impartidas, manifestando una conducta de desatención y falta de acatamiento a las directivas establecidas. Asimismo, el agente no ha logrado adecuarse al trabajo orgánico requerido dentro del equipo, presentando inconvenientes en la integración a la dinámica laboral y en el cumplimiento de los procedimientos establecidos para el normal funcionamiento del área. Se han mantenido diversas instancias de diálogo con el agente, con el objetivo de revertir las situaciones mencionadas, incluso se procedió a la adecuación de tareas en función de los requerimientos planteados por el mismo, procurando facilitar su desempeño laboral. Pese a las oportunidades, no se han observado mejoras sustanciales en su conducta ni en su rendimiento. En virtud de lo expuesto, se considera que el agente no reúne las condiciones necesarias para continuar desempeñándose en el área, por lo que se eleva la presente solicitud de rescisión de contrato. Saludo a Ud. muy atentamente”.

En virtud de ello, corresponde referir que conforme la Cláusula Cuarta del contrato celebrado entre las partes, cualquiera de ellas podrá rescindir el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas y las que surgen del Estatuto del Empleado Municipal (Ley N° 14.656), labrándose un acta al respecto por parte del responsable del área donde preste servicios el contratado, siendo suficiente la misma a dichos fines y sin que ello genere derecho a indemnización en su favor.

Al respecto, en la causa “Villafañe”, el Cimero Tribunal provincial, con voto del Dr. Soria al que adhirió la mayoría, expresó: “La doctrina de esta Suprema Corte, por mayoría, indica que los agentes de planta temporaria - mensualizados o jornalizados- participan de un estatus de excepción, no poseyendo más derechos que los previstos, en modo expreso o razonablemente implícito, en el régimen jurídico que ha disciplinado su incorporación y desempeño en la relación de empleo (causas B. 57.741, "Iori", sent. de 18-II-2004; B. 61.215, "Zocchi", sent. de 1- III-2006; B. 57.551, "Portillo", sent. de 19-IX-2007, entre otras).

Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que, en razón de todo lo expuesto en el exordio, corresponde dictar el pertinente acto administrativo para rescindir el contrato de servicio temporario (N°3722) del agente RODRIGUEZ HARDIE Néstor Ángel, DNI 21.567.064, Legajo 12.067.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Rescíndase el contrato suscripto oportunamente por el agente RODRIGUEZ HARDIE Néstor Ángel, DNI 21.567.064, Legajo 12.067 y la Municipalidad de Chascomús, por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Subsecretaria de Servicios Públicos, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones y al agente RODRIGUEZ HARDIE Néstor Ángel en su domicilio declarado sito en calle Julián Quintana N° 746 de Chascomús.-

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-