Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3036
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/12/2025
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3, N° 4 y N° 5 de la obra: “INSTALACIÓN DE GAS NATURAL - E.P. N° 74", ejecutada por la empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A., y:
CONSIDERANDO:
Que a fojas 32 el Departamento Proyectos y Obras informa que por Ordenanza N°20986, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto N°290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.
Que se elevan planillas de análisis de Precios Redeterminados en forma Definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3, N° 4 y N° 5, para la obra a cargo de la Empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A., cuya Fecha de Licitación fue el 25/09/2024, la Fecha de Contrato el 18/10/2024, y con un Plazo de obra de 150 días.-
Que en el caso del certificado redeterminado del ANTICIPO FINANCIERO; el mes de Facturación fue Octubre 2024, el mes de corte fue Octubre 2024, sin redeterminación provisoria, con una redeterminación definitiva de $102.971,24; del CERTIFICADO N° 1, el mes de ejecución fue Noviembre 2024, el mes de corte fue Noviembre 2024 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $27.860,01, con una redeterminación definitiva de $28.547,32 y una diferencia a abonar de $687,31; del CERTIFICADO N° 2, el mes de ejecución fue Diciembre 2024, el mes de corte fue Diciembre 2024 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $830.827,46, con una redeterminación definitiva de $817.190,56 y una diferencia a abonar en menos de $13.636,90; CERTIFICADO N° 3, el mes de ejecución fue Enero 2025, el mes de corte fue Enero 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $ 1.306.783,03, con una redeterminación definitiva de $1.292.270,07 y una diferencia a abonar en menos de $14.512,96; CERTIFICADO N° 4, el mes de ejecución fue Febrero 2025, el mes de corte fue Febrero 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $1.841.311,23, con una redeterminación definitiva de $1.818.349,37 y una diferencia a abonar en menos de $22.961,86; CERTIFICADO N° 5, el mes de ejecución fue Marzo 2025, el mes de corte fue Marzo 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $1.316.387,07, con una redeterminación definitiva de $1.305.215,70 y una diferencia a abonar en menos de $11.171,37. El resultado arroja un total a abonar de $41.375,45. La Contratista presenta póliza N° 360381 de la compañía de seguros Evolución Seguros S.A. como sustitución de la garantía de Fondo de Reparo.-
Que el Departamento Proyectos y Obras sugiere que la Redeterminación deberá abonarse por un monto de PESOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($41.375,45).-
Que, el Departamento Técnico considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.
Que a fojas 63/64 obra el Acta Acuerdo, en la cual ambas partes convienen los precios redeterminados que constan en el Anexo I para la obra motivo de las presentes actuaciones. Este procedimiento se encuentra plasmado en los artículos 20°, 21° y 22° de la normativa nombrada.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios definitiva de la obra: “INSTALACIÓN DE GAS NATURAL - E.P. N° 74", correspondiente al ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3, N° 4 y N° 5, por un monto de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($125.928.920,66), conforme el Acta Acuerdo y su Anexo I obrante a fojas 63/64 del presente expediente y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 22º de la ordenanza N°20.986.-
ARTICULO 2°: Abonar el monto de PESOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($41.375,45).-, correspondiente a la diferencia de los cálculos finales de la redeterminación de precios definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3, N° 4 y N° 5, de la obra: “INSTALACIÓN DE GAS NATURAL - E.P. N° 74", en un todo de acuerdo con la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo y su Anexo I, obrante a fojas 63/64, considerandos y antecedentes obrantes en expediente Nº 416R-5787-2024-5.-
ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 5º: : Cúmplase, publíquese; dése al RO.; notifíquese a la empresa interesada; tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Proyectos y Obras. Cumplido RESERVESE en el Departamento Proyectos y Obras.