Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº22294

Ordenanza Nº 22294

Bahia Blanca, 11/02/2026

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 47, por el cual se tramita la puesta al cobro correspondiente a la obra “PAVIMENTACIÓN, CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN CALLE FOURNIER ENTRE JORGE NEWBERY Y BORLENGUI” y,

 

CONSIDERANDO

 

Que a fojas 36/44, se adjunta en copia Decreto Municipal Nº 242/2025 de rescisión contractual, acta de recepción provisoria, conforme técnico de obra ejecutada y planilla de prorrateo de las cuadras efectuadas.

 

Que a fojas 46, el Departamento Registro de Licitadores eleva las actuaciones a fines de realizar la puesta al cobro de la obra mencionada.

 

Que se observan diferencias en el listado de calles puestas al cobro por la Ordenanza Municipal Nº 21.424 y las efectivamente ejecutadas, ello con motivo de la rescisión del contrato de obra realizado por el Decreto Municipal Nº 242/2025.

 

Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Rectifícase el artículo primero de la Ordenanza Nº 21.424, el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

Artículo 1º – Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra “PAVIMENTACIÓN, CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN CALLE FOURNIER ENTRE JORGE NEWBERY Y BORLENGUI” la cual tramita bajo Expediente Municipal RAFAM 417R-1923-2023, conforme a los artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 2082, artículo 29º del Decreto Reglamentario Nº 754/76 y, artículo 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la cual comprende las calles:

  • FOURNIER entre Enrique Santos Discépolo y Elma Río Carcarañá (3 cuadras – cordón cuneta, badenes y pavimento asfáltico – ancho de calzada 9,00m) – Mz.113C, 114a, 114f, 114k.

  • FOURNIER entre Elma Río Carcarañá y José Giménez (4 cuadras – cordón cuneta, ambas aceras) - Mz. 113C, 121c, 114p, 114u, 114z, Ch. 122.

  • FOURNIER entre Filoteo Direnzo y Maimonides (1 cuadra – cordón cuneta y badenes, acera impar) – Mz. Ch 122.-...”

 

Artículo 2° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN SESION EXTRAORDINARIA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS.