Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 17
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 02/02/2026
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la empresa Atrim Argentina S.A. solicita a fs. 512 factibilidad para ampliar la superficie destinada a la actividad "Fabricación de Productos Metálicos y de PVC" sobre los inmuebles identificados catastralmente como: Circ. II Secc. C Mz. 234 b, Parc. 31, Partida 39005, cuyo destino será el de ingreso, y Circ. II, Secc. C, Ch 235, Fr. II , Parcela 5 m, Partida 71298, que será utilizado como depósito, dado que la actividad se encuentra habilitada en el inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Sec. C, Ch. 235, Fr. II, Parcela 5 n Partida 71299 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 516, el Departamento Territorial informa que el inmueble que se identifica catastralmente como: Circ. II Secc. C Mz. 234 b, Parc. 31, Partida 39005 está afectado por ensanche de calle Don Bosco y el que se identifica catastralmente como Circ. II, Secc. C, Ch 235, Fr. II , Parcela 5 m, Partida 71298 está afectado por la futura prolongación de calle La Arcada.
Que a fs. 550, el Departamento Planeamiento Urbano informa que a fs. 530 se agrega Certificación de habilitación con fecha 10 de junio de 2019 para la actividad: Fabricación de productos metálicos y PVC; de fs. 531 a 546 se detalla cada actividad que realizan con materia prima y maquinarias; a fs. 547 se resume citando las parcelas que intervienen en esta solicitud su superficie y destino; y a fs. 548 y 549 planos de obra de las parcelas partida 71298 correspondiente al inmueble II C Ch. 235 Fr. II Parcela 5m y 71299 correspondiente al inmueble II C Chy. 235 Fr. II Parcela 5n.
Que según el Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles pertenecen a la zona I3 y la actividad requerida según Certificado de habilitación: "Fabricación de Productos metálicos y PVC" se encuadra según el cuadro Nº2 "Clasificación según molestias de industrias y servicios", las actividades detalladas se encuadran en los siguientes usos: "Corte, doblado, estampado y perforado de metales", "Fabricación de cajas fuertes" y "Taller de corte, armado de artículos de plástico" todos calificados con Grado de Molestia III y permitidos para la zona I3 con las siguientes restricciones: Hasta agotar el FOT y Superficie de parcela hasta 5000 m².
Que del análisis de la documentación presentada se observa que la suma de las tres parcelas donde se pretende desarrollar la actividad excede las restricciones citadas para la zona.
Que a fs. 564, la Subsecretaria de Planeamiento Urbano a cargo expone que: "Respecto de la restricción de parcela, mencionada a fs. 550 por el mismo Departamento, se entiende que la situación planteada podría encuadrarse en el marco de los "casos no previstos" determinados en el Artículo 2.3.1 del Código de Planeamiento Urbano que establece que "el Departamento Ejecutivo podrá autorizar condiciones de subdivisión y uso distintas a las establecidas en el presente Código" siempre que se cumplan condicionantes que, para el caso, se verifican:
a) El proyecto comprende una extensión superficial de 10.041 m².
b) El inmueble cuenta con los servicios de Red de Agua, Gas Natural y Electricidad (a fs. 2 OPDS), y diseño parcelario y edilicio coherente.
c) No incrementa más de treinta por ciento (30%) del FOT de 1.40 establecido para la zona.
d) Las Áreas de Ambiente y Habilitaciones responden favorablemente a las inquietudes planteadas.
Por lo expuesto, el SECRETARIO DE PLANEAMIENTO URBANO, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades
RESUELVE
PRIMERO: Otorgar, en el marco del Artículo 2.3.1 del Código de Planeamiento Urbano, factibilidad para el uso "Fabricación de Productos Metálicos y de PVC" en los inmuebles identificados catastralmente como: Circ. II Secc. C Mz. 234 b, Parc. 31, Partida 39005, cuyo destino será el de ingreso, y Circ. II, Secc. C, Ch 235, Fr. II , Parcela 5 m, Partida 71298, que será utilizado como depósito, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente 4007-2707/2012.-
SEGUNDO: Cúmplase, publíquese, notifíquese, dése al R.O., Tomen conocimiento la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, los Departamentos Territorial, Planeamiento Urbano, Habilitaciones y demás dependencias municipales que correspondan.