Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 401
Coronel Rosales, 27/11/2025
Visto
La proximidad del inicio de la Temporada Estival 2025-2026 en la Villa Balnearia de Pehuen Co, y la creciente afluencia de turistas, visitantes y vecinos que hacen uso de los espacios públicos y la zona costera, y
Considerando
Que la Villa Balnearia de Pehuen Co constituye un destino turístico fundamental para el Partido de Coronel Rosales, atrayendo anualmente a un gran número de visitantes provenientes de diversas localidades;
Que la convivencia armónica entre residentes permanentes, propietarios temporarios y turistas de paso requiere de un sistema de información claro, accesible y unificado sobre las normativas vigentes relativas al uso de la playa y espacios públicos;
Que la falta de conocimiento o la ambigüedad en la información sobre regulaciones específicas, tales como las bajadas habilitadas para vehículos o las zonas prohibidas para mascotas y acampe, puede generar conflictos, infracciones y situaciones de riesgo;
Que la implementación de herramientas modernas y de bajo costo como códigos QR, complementadas con folletería informativa, en puntos estratégicos (ingresos a la Villa, paseos comerciales), facilitaría la consulta inmediata de los datos esenciales por parte de los visitantes;
Que la información de utilidad pública y seguridad, como números de emergencia, ubicación y horarios de la atención médica primaria y el servicio de guardavidas, es vital para la protección de la ciudadanía durante la temporada alta;
Que, por todo lo expuesto, resulta oportuno y necesario recomendar al Departamento Ejecutivo Municipal la adopción de un Plan de Comunicación Estival enfocado en la provisión de información normativa y de seguridad;
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL ROSALES RESUELVE
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Departamento Ejecutivo a fin que tenga bien, a través del área que corresponda recomendar la implementación de un Sistema Unificado de Información Estival en la Villa Balnearia de Pehuen Co.-
Artículo 2°: Dicho Sistema de Información deberá contemplar la instalación de Códigos QR y/o la distribución de folletería informativa en el accesos principal y en los comercios de la Villa Balnearia, conteniendo, de manera clara y concisa, la siguiente información:
Descenso con mascotas.
Actividades de pesca.
Práctica de deportes náuticos.
El descenso y circulación de vehículos 4x4.
Guardavidas,
Policía,
Salita Médica.
Servicio de Salud Salita Médica de Pehuen Co.
La indicación precisa de las bajadas de playa que cuentan con cobertura.
Artículo 3°: Se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que las herramientas informativas sean diseñadas para ser legibles y accesibles, utilizando lenguaje simple y gráficos que faciliten su comprensión por parte de un público amplio, priorizando la difusión digital a través del Código QR y la cartelería correspondiente.-
Artículo 4°: Visto y Considerandos forman parte de la presente.-
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Firmado Pablo Ariel Gómez Presidente
Pablo Daniel Zaragoza Secretario Legislativo