Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº401

Resolución Nº 401

Coronel Rosales, 27/11/2025

Visto

La proximidad del inicio de la Temporada Estival 2025-2026 en la Villa Balnearia de Pehuen Co, y la creciente afluencia de turistas, visitantes y vecinos que hacen uso de los espacios públicos y la zona costera, y

Considerando

Que la Villa Balnearia de Pehuen Co constituye un destino turístico fundamental para el Partido de Coronel Rosales, atrayendo anualmente a un gran número de visitantes provenientes de diversas localidades;

Que la convivencia armónica entre residentes permanentes, propietarios temporarios y turistas de paso requiere de un sistema de información claro, accesible y unificado sobre las normativas vigentes relativas al uso de la playa y espacios públicos;

Que la falta de conocimiento o la ambigüedad en la información sobre regulaciones específicas, tales como las bajadas habilitadas para vehículos o las zonas prohibidas para mascotas y acampe, puede generar conflictos, infracciones y situaciones de riesgo;

Que la implementación de herramientas modernas y de bajo costo como códigos QR, complementadas con folletería informativa, en puntos estratégicos (ingresos a la Villa, paseos comerciales), facilitaría la consulta inmediata de los datos esenciales por parte de los visitantes;

Que la información de utilidad pública y seguridad, como números de emergencia, ubicación y horarios de la atención médica primaria y el servicio de guardavidas, es vital para la protección de la ciudadanía durante la temporada alta;

Que, por todo lo expuesto, resulta oportuno y necesario recomendar al Departamento Ejecutivo Municipal la adopción de un Plan de Comunicación Estival enfocado en la provisión de información normativa y de seguridad;

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL ROSALES RESUELVE

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Departamento Ejecutivo a fin que tenga bien, a través del área que corresponda recomendar la implementación de un Sistema Unificado de Información Estival en la Villa Balnearia de Pehuen Co.-

Artículo 2°: Dicho Sistema de Información deberá contemplar la instalación de Códigos QR  y/o la distribución de folletería informativa en el accesos principal y en los comercios de la Villa Balnearia, conteniendo, de manera clara y concisa, la siguiente información:

  1. Bajadas de Playa Prohibidas para:

Descenso con mascotas.

Actividades de pesca.

Práctica de deportes náuticos.

  1. Bajadas Habilitadas para:

El descenso y circulación de vehículos 4x4.

  1. Números Telefónicos de Emergencia:

Guardavidas,

Policía,

Salita Médica.

  1. Ubicación y Horarios de Atención del:

Servicio de Salud Salita Médica de Pehuen Co.

  1. Horario de Servicio de Guardavidas

La indicación precisa de las bajadas de playa que cuentan con cobertura.

  1. Calles y Zonas con Prohibición de Estacionar
  1. Lugares Específicos con Prohibición de Acampe.

Artículo 3°: Se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que las herramientas informativas sean diseñadas para ser legibles y accesibles, utilizando lenguaje simple y gráficos que faciliten su comprensión por parte de un público amplio, priorizando la difusión digital a través del Código QR y la cartelería correspondiente.-

Artículo 4°: Visto y Considerandos forman parte de la presente.-

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Firmado Pablo Ariel Gómez Presidente

Pablo Daniel Zaragoza Secretario Legislativo