Boletines/Zárate
Decreto Nº 076/26
Zárate, 04/03/2026
Visto
El expediente Nº 4121-5907/2025; y-
Considerando
Que, las presentes actuaciones se instauran a tenor de la presentación de fojas 1, por medio de la cual la señora Nancy Magdalena García, manifiesta que hubo de realizar un pago por error, por lo que solicita la restitución de lo abonado.
Que, la Tesorería Municipal informa que las sumas reclamadas han ingresado efectivamente en las arcas municipales, e informa la Dirección General de Ingresos Públicos que ha ingresado por error la suma de Pesos Ciento Setenta y Seis Mil Ciento Setenta y Cuatro ($ 176.174,00.-), con carácter de ingresos varios, agregándose copia del recibo 683028, correspondiendo la devolución de lo pagado por error;
Que, en el caso estamos ante un pedido de repetición tributaria, que encuentra su encuadre jurídico en el Decreto Ley 6769/58, que establece en su artículo 277º (texto según reforma del Decreto Ley 10.100/83) que “Las devoluciones que corresponda efectuar por causa debidamente justificada podrán ser resueltas por decreto del Departamento Ejecutivo y se registrarán con cargo a la pertinente cuenta de ingreso cuando se trate de recursos percibidos en el ejercicio. Las devoluciones de sumas ingresadas en ejercicios vencidos serán tratadas como egresos ordinarios del presupuesto con imputación a la partida que anualmente se autorice” (el subrayado y énfasis me pertenecen);
Que, en el artículo 135 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, establece que: “Las devoluciones de impuestos serán resueltas por el Departamento Ejecutivo previa justificación de su procedencia en expediente especial. Los egresos a que dieren origen se imputarán a las pertinentes cuentas del Cálculo de Recursos cuando se trate de sumas percibidas en el ejercicio corriente. Las devoluciones correspondientes a sumas ingresadas en ejercicios vencidos serán imputadas a la partida que al efecto contenga el presupuesto vigente o a la que se le incorpore con financiación ajustada a los artículos 119 y/o 120 de la Ley Orgánica Municipal”;
Que, es por ello que, en este caso en el que se encuentra debidamente justificada la procedencia del pedido de repetición tributaria, por lo que corresponde acceder a lo solicitado;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Hacer lugar al pedido de repetición tributaria solicitado por la señora NANCY MAGDALENA GARCIA, D.N.I. N° 31.409.621, mediante expediente 4121-5907/2025 por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO ($ 176.174,00.-), en concepto del pago erróneamente realizado.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar a la señora NANCY MAGDALENA GARCIA, titular del Documento Nacional de Identidad N° 31.409.621, la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO ($ 176.174,00.-), en concepto de repetición tributaria, conforme se describe en el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 3º.- El egreso/gasto dispuesto en los artículos 1º y 2°, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110106000 – Secretaría de Economía; Programa: 01- Administración, control y gestión de la Secretaría de Economía; Partida: 12.9.02.0 – Ingresos varios; Fuente de financiamiento: 110 – Origen Municipal.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía, Lic. CRISTIAN ANDRÉS MAZZOLA.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, regístrese, notifíquese, publíquese, tomen conocimiento la Contaduría Municipal, Tesorería Municipal, Dirección General de Ingresos Públicos, Dirección de Ingresos Públicos, y oportunamente archívese.-