Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº7495

Ordenanza Nº 7495

Nueve de Julio, 12/03/2026

DESADJUDICACION A ATEIRO CAMILA – ADJUDICACION A BRACCO FEDERICO AGUSTIN. LOTE DE CARACTER SOCIAL.

VISTO:

El Expediente municipal Nº 4082-446/2022 Alcance.

La Ordenanza N.º 6979/2023.

CONSIDERANDO:

Que el lote identificado como Circ. XV, Secc. B, Ch. 131, Mz 131p, Parcela 21 mediante Ordenanza N.º 6979/2023 se adjudicó a los señores Camila ATEIRO (D.N.I. Nº 38.401.426) y Federico Agustín BRACCO (D.N.I. Nº 36.537.515), con carácter social.

Que a fojas 17/19 Casa de Tierras informa que la señora Ateiro se encontraba escriturando un lote a su favor, por lo cual no era procedente el otorgamiento de un lote social.

Que a fojas 20/22 surge que el señor Bracco se separó de la señora Ateiro, con quien tiene un hijo en común, de quien ostenta tenencia compartida.

Que a fojas 23 consta que el señor Bracco no posee deuda por alimentos conforme Registro.

Que si bien a fojas 25 Y 46/47 consta que el señor Bracco tenía denuncia por violencia de género a fojas 58 el Juez de Paz local informa que han vencido las medidas dispuestas sin solicitar prórroga y no ha habido nuevas denuncias por lo que la causa pasa a ARCHIVO.

Que la Secretaria de Desarrollo Comunitario, analizadas las actuaciones a fojas 59 vta. considera que debe otorgarse el lote en un 100 % al señor Bracco ya que cumple con todos los requisitos conforme Ordenanzas.

Que de conformidad al Artículo 54 de la L.O.M. es facultad del Honorable Concejo Deliberante autorizar de transferencia de bienes.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: La presente tiene por objeto el lote identificado catastralmente como, identificados catastralmente como Circ. XV, Secc. B, Ch. 131, Mz 131p, Parcela 21 de 9 de Julio, el cual tiene atribuído carácter de lote social perteneciente a un plan de viviendas.

ARTICULO 2º: Desadjudíquese el lote referenciado en el Artículo 1º de la presente a la señora Camila ATEIRO (D.N.I. Nº 38.401.426) el el 50 % correspondiente por poseer otro bien inmueble, incompatible con el carácter social del lote.

ARTICULO 3º: Adjudíquese el lote referenciado en el Artículo 1º de la presente al señor Federico Agustín BRACCO (D.N.I. Nº 36.537.515) en un 100 % (cien porciento).

ARTICULO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.