Boletines/Villarino
Resolución Nº 101
Villarino, 27/02/2026
Visto
la presentación del Sr/a. Contribuyente MARINO JOSE LUIS, de la ciudad de PEDRO LURO, en la que se
solicita la eximición de la Tasa Urbana correspondiente a la Partida 1-059720, según expediente EX-2026-
00031846- -MUNIVLLRN-SSUGPL#SOSP.
Considerando
Que, el artículo 72º inciso D de la Ordenanza Fiscal vigente dispone: "Las personas con discapacidad, siendo estos
los titulares de dominio.”
Que, la solicitante se encuadra dentro del artículo 72° inciso D de la Ordenanza Fiscal vigente; habiendo presentado
toda la documentación solicitada.
Que el informe de la Dirección de Rentas declara que dicha partida no tiene deuda, sugiriendo la eximición del
pago de la Tasa Urbana, del ejercicio 2026.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES
ARTICULO 1º. Eximir al Contribuyente MARINO JOSE LUIS, de la ciudad de PEDRO LURO, del pago de la
Tasa Urbana partida 1-059720, según expediente EX-2026-00031846- -MUNIVLLRN-SSUGPL#SOSP.
ARTICULO 2º. Otorgar el beneficio por el año 2026 a partir de la cuota 01, encuadrándose en el artículo 72º inciso
D de la Ordenanza Fiscal vigente.
ARTICULO 3º. Dar conocimiento al contribuyente y la oficina de Rentas Municipal del contenido de la presente
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar. Cumplido, archivar.