Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº71

Resolución Nº 71

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/02/2026

Visto las presentes actuaciones, respecto al pago de becas correspondientes al Proyecto Hogar del Adolescente y;

Considerando

Que según consta a fs. 26 se autorizó mediante la Resolución 18/2026 la liquidación de hasta catorce (14) becas mensuales, en  el marco del Proyecto Hogar del Adolescente, por el periodo comprendido entre el 1 de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2026; al Director del Hogar del Adolescente, agente Abrati Daniel, Legajo Nº 17.397, C.U.I.L. 20-32131137-8;

Que, atento al cambio de Director del Hogar del Adolescente y considerando la necesidad de continuar con el cobro de las becas mencionadas anteriormente, a fs. 29 se solicita la autorización del pago de las mismas al agente Calderón Juan Manuel, Legajo Nº 17.421, C.U.I.L. Nº 20-34422217-8, y dejar sin efecto, a partir del 1º de marzo del corriente año, la autorización del Sr. Abrati Daniel, Legajo Nº 17.397, otorgada por Resolución Nº 18/2026;

Por lo expuesto y contando el mencionado gasto con la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs. 29 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

PRIMERO: Dejar sin efecto del Artículo Primero de la Resolución N° 18/2026, la autorización para el cobro de becas al agente Abrati Daniel, Legajo Nº 17.397, C.U.I.L. 20-32131137-8; a partir del día 01 de Marzo de 2026, según lo expuesto en el considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorizare a Contaduría General a liquidar a favor del agente Calderón Juan Manuel, Legajo Nº 17.421, C.U.I.L. 20-34422217-8, Director del Hogar del Adolescente, hasta catorce (14) becas mensuales correspondientes al Proyecto Hogar del Adolescente, celebrado con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1º de Marzo y hasta el 31 de Diciembre de 2026.
TERCERO: La Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, informará mensualmente a Contaduría General la cantidad de adolescentes beneficiarios de las becas conveniadas, para el pago de las mismas, trámite que se efectuará mediante la confección de expedientillos, con oportuna rendición de cuentas.-
CUARTO: El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110106000; Fuente: 132; Cat. Programática: 01.14; Gasto: 5.1.3.0. del Presupuesto de Gastos Vigente.
QUINTO: Refrende la presente Resolución el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat..-
SEXTO: Cumplir, notificar, publicar, dar al R.O, tomar nota; Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. Cumplido: Reservar.-