Boletines/Campana

Decreto Nº62/26

Decreto Nº 62/26

Campana, 28/01/2026

Expediente Municipal Nº 4016-13194/2025 Alcance 1 - Órganos Rectores

Visto

El Decreto—Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); la aplicación de las Disposiciones de Administración de los Recursos Reales y Financieros, aprobadas por el Decreto Provincial Nº 2980/2000 reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades; la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, la Resolución AG 449/2011 del Honorable Tribunal de Cuentas; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, y el Expediente Municipal Nº 4016-13194/2025 Alcance 1, Cpo 0; y

Considerando

Que el art. 5 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Reales y Financieros, aprobadas mediante Decreto Provincial N° 2980/2000 establece que: “la administración de los recursos de los Municipios comprende al conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos que hacen a la obtención y aplicación de los recursos financieros, así como la adquisición, administración y utilización de los recursos reales. La administración financiera estará integrada por los Sistemas de Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Crédito Público y Administración de Ingresos Públicos, en tanto que la administración de los recursos reales estará conformada por los Sistemas de Contrataciones, Administración de Bienes Físicos, Inversión Pública y Administración de Personal, los que deberán operar interrelacionados   entre  sí,  cualquiera  sea   su  distribución   orgánica  y  dependencias jerárquicas  en  el  Departamento Ejecutivo.  Cada uno  de los  sistemas citados  estará  a cargo de un agente que actuará en calidad de órgano rector, asumiendo la responsabilidad del dictado y la observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las presentes Disposiciones, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos se adjuntan como anexos”.

Que la Resolución AG 449/2011 del Honorable Tribunal de Cuentas, determina que deberá confeccionarse una Nómina de Autoridades hasta la categoría de Secretario, incluyendo los funcionarios de ley, agentes a cargo de los órganos rectores de cada uno de los sistemas y de cada unidad ejecutora del sistema MAJOR.

Que debe existir un Órgano Superior jerárquicamente que ejercerá la coordinación de todos ellos.

Que dicho responsable será quien asuma el cargo en el transcurso del ejercicio, o quien lo reemplace, si así las circunstancias lo requieran.

Que las designaciones de los responsables de los Órganos Rectores corresponderán a la ejecución presupuestaria del ejercicio 2026.

Que como consecuencia de ello se debe proceder al dictado de un acto administrativo mediante el cual se efectivice lo señalado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público  interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto – Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello;

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTICULO 1º.-  Determínase como Órgano Superior jerárquicamente quien ejercerá la coordinación de los Órganos Rectores del ejercicio 2026 al agente que ocupe el cargo que se detalla a continuación:

Cargo                            Secretario de Economía y Hacienda

ARTICULO 2º.-  Determínase como responsables de los Órganos Rectores de cada uno   de los Sistemas que integran la Administración Financiera y la Administración de los Recursos Reales para el ejercicio 2026 a los agentes que ocupen los cargos que se detallan a continuación:

ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

SISTEMA                                                     ÓRGANO RECTOR

PRESUPUESTO                               DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO MUNICIPAL

Cargo                                                 Directora de Presupuesto

CONTABILIDAD                              CONTADURÍA MUNICIPAL

Cargo                                                 Contador Municipal

TESORERÍA                                      TESORERÍA MUNICIPAL

Cargo                                                 Tesorero Municipal

CRÉDITO PÚBLICO                        CONTADURÍA MUNICIPAL

Cargo                                                 Contador Municipal

ADMINISTRACIÓN DE                    SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

LOS INGRESOS PÚBLICOS

Cargo                                                 Secretaria de Ingresos Públicos

ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS REALES

SISTEMA                                                     ÓRGANO RECTOR

CONTRATACIONES                         DIRECCIÓN DE COMPRAS

Cargo                                                 Director de Compras

ADMINISTRACIÓN DE                    JEFATURA DE PATRIMONIO Y SEGUROS

BIENES FÍSICOS

Cargo                                                 Jefe de Departamento de Patrimonio y Seguros

ADMINISTRACIÓN DE                    DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS

PERSONAL                                       HUMANOS

Cargo                                                 Directora General de Recursos Humanos

ARTICULO 3º.- Establécese que las disposiciones del presente Decreto rigen con retroactividad al día 02 de enero del 2026.-

ARTICULO 4º.-   Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaría de Ingresos Públicos, el Señor  Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor  Jefe de Gabinete. -

ARTICULO 5º.-   Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese. -