Boletines/Lobos
Decreto Nº 911/2025
Lobos, 22/07/2025
EXIMICION DE TASAS - MUSSA NICOLAS - BOMBERO
Visto
El expediente N° 4067-13270/2020 por el cual MUSSA NICOLAS, DNI N° 30.805.354, se presenta a fs. 50 y solicita la eximición del pago de Tasas Municipales, respecto a la Partida N° 36052 y correspondiente al año 2025, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N° 2825/16 y Decreto Reglamentario N° 694/16, y;
Considerando
Que la Ordenanza N° 2277 determina la eximición del 100% del pago de las Tasas por Servicios Generales Urbanos a los Bomberos Voluntarios que sean propietarios de viviendas únicas destinadas a habitación permanente.-
Que mediante Ordenanza N° 2825 se modifica el artículo 1° de la Ordenanza referida en el párrafo anterior, y se establece la eximición del pago de la Tasa Retributiva por Servicios Sanitarios y Tasa por Servicios Generales Urbano y Suburbanos en una única vivienda familiar de uso permanente, Tasa por automotores n la medida de resultar vehículo único, Tasa por expedición de Licencia de Conductor de Clase Especial para la Categoría de Automotores de Seguridad y/o emergencias, Tasa de Estacionamiento Medido, a los ciudadanos pertenecientes al Cuartel Central de la Sociedad Bomberos Voluntarios de Lobos y sus respectivos destacamentos, conforme lo establecido en la Ordenanza Impositiva 2378 y sus modificaciones.
Que conforme a lo expuesto en el presente expediente, el Sr. Secretario de Hacienda y Producción informa que la presente solicitud se encuadra en lo establecido por la Ordenanza N° 2277/05, Ordenanza N° 2825/16 y Decreto Reglamentario Nº 694/16.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Exímase a MUSSA NICOLAS, D.N.I N° 30.805.354, del pago de Tasa Retributiva para Servicios Sanitarios y Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos para el período 2025, respecto de la Partida N° 36052, N.C. Circ. VI, Secc. B., Manzana 1A, Parcela 7, por revestir calidad de bombero voluntario de Lobos.
ARTÍCULO 2º: Aclárese que dicha eximición no alcanza a la Contribución para Obras Públicas y Contribución Solidaria para el financiamiento del Servicio de Educación, Salud, Seguridad y Asistencia Social.
ARTÍCULO 3º: Dese copia del presente decreto a la Dirección de informática y al solicitante a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº: 911/2025
Menestrina Gonzalo Ing. Jorge O. Etcheverry
Secretario de Hacienda y Producción Intendente Municipal
Municipalidad de Lobos Municipalidad de Lobos