Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1452/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 06/08/2025
VISTO:
El Expediente N° 8060/25, iniciado por el Secretario de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Villa Saboya, destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos, alimentos y alquiler, por un monto de Pesos sesenta mil ($ 60.000.-); y
CONSIDERANDO:
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 06/08/2025.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos sesenta mil ($ 60.000.-), destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos, alimentos y alquiler en la localidad de Villa Saboya, conforme el siguiente detalle:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
IMPORTE |
|
Alabi, Dora Susana |
12.617.648 |
$ 20.000 |
|
Cárdenas, Norma Ester |
21.583.864 |
$ 20.000 |
|
García, Sandra Raquel |
25.454.473 |
$ 20.000 |
|
TOTAL: |
$ 60.000 |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
|
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
|
Fuente de Financiación: |
110 |
|
Inciso: |
5- Transferencias |
|
Partida Principal: |
1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente |
|
Partida Subparcial: |
04- Ayuda Sociales a Personas |
|
Programa: |
64- Dirección de los Pueblos |
|
Actividad Proy.: |
06- Ac. Social directa en los pueblos |
|
Importe: |
$ 60.000.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.