Boletines/General Villegas
Resolución Nº 268/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 28/03/2025
VISTO:
El Expediente Nº 3208/25, iniciado por el Director Vial, solicitando se les aplique una sanción disciplinaria a los agentes Mario Gabriel Cadenas, Legajo Personal N° 4901, Yamil Horacio Guerra, Legajo Personal N° 5186 y Franco Nicolás Illarramendi, Legajo Personal N° 5420, dado que no se presentaron a trabajar el día 26 de febrero del corriente año; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Personal interviene a fojas 7 y 8, consignando los datos y antecedentes de los agentes.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 9, sugiriendo se aplique una sanción disciplinaria correctiva consistente en un “Llamado de Atención” a los agentes Mario Gabriel Cadenas, Legajo Personal N° 4901 y Yamil Horacio Guerra, Legajo Personal N° 5186, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado I inciso a) de la Ordenanza N° 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 68 incisos c) y d) de dicha Ordenanza y un “Llamado de Atención” al agente Franco Nicolás Illarramendi, Legajo Personal N° 5420, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 inciso a) de la Ordenanza N° 5647, por transgredir en lo estipulado en el Artículo 68 incisos c) y d) de dicha Ordenanza.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en una “Llamado de Atención” al agente Mario Gabriel Cadenas, Legajo Personal N° 4901, 260 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110108000, Categoría Programática 53.00.00, Planta Permanente. Personal de Servicios – Clase IA (07.01.02), conforme lo dispuesto en el Artículo 67 apartado I inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por transgredir en lo estipulado en el Artículo 68 incisos c) y d) de dicha Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en una “Llamado de Atención” al agente Yamil Horacio Guerra, Legajo Personal N° 5186, 230 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110108000, Categoría Programática 53.00.00, Planta Permanente. Personal Obrero – Clase IIIA (06.03.02), conforme lo dispuesto en el Artículo 67 apartado I inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por transgredir en lo estipulado en el Artículo 68 incisos c) y d) de dicha Ordenanza
ARTICULO TERCERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en una “Llamado de Atención” al agente transitorio jornalizado Franco Nicolás Illarramendi, Legajo Personal N° 5420, 11 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 53.00.00, conforme lo dispuesto en el Artículo 103 inciso a) de la Ordenanza N° 5647, por transgredir en lo estipulado en el Artículo 68 incisos c) y d) de dicha Ordenanza.
ARTICULO CUARTO: Autorícese al Departamento de Personal a descontar el día de inasistencia injustificada de la suma a percibir por los agentes Mario Gabriel Cadenas, Legajo Personal N° 4901, Yamil Horacio Guerra, Legajo Personal N° 5186 y Franco Nicolás Illarramendi, Legajo Personal N° 5420.
ARTICULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento de Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos, Dirección Vial y Delegación Municipal de Emilio V. Bunge; cúmplase y archívese.