Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 184
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/01/2026
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por ORENA GUSTAVO JESUS, con CUIT 20-29360712-6, para desarrollar actividad bajo el rubro de IMPRENTA, en el domicilio de la calle CHILE Nº 394 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 26 de agosto de 2025, conforme constancias obrantes a fs. 1 y 2;
Que de fs. 3 a 20 y 22 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 21 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando la correspondiente Acta de Inspección Nº 7772 de fecha 18/11/2025; dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de funcionamiento y uso;
Que a fs. 23 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/73;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1.º)- Habílitase a ORENA GUSTAVO JESUS con CUIT 20-29360712-6, contribuyente Nº 86135, para desarrollar actividades bajo el rubro IMPRENTA, en el domicilio de la calle CHILE Nº 394 de la ciudad de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2.º) Expídase Certificado de Habilitación Nº 108/2026 a nombre de ORENA GUSTAVO JESUS, Contribuyente Nº 86135 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTÍCULO 4.º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTÍCULO 5.º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.