Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/02/2026
VISTO
La sanción de la Ley Nacional Nº 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente por parte del Honorable Congreso de la Nación;
Las decisiones posteriores del Poder Ejecutivo Nacional vinculadas a su promulgación y ejecución presupuestaria;
La situación presupuestaria actual del sistema universitario público argentino;
La realización de la sesión extraordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur en el marco del 70º aniversario de su creación; y
La trascendencia histórica, académica, científica, social y económica de la Universidad Nacional del Sur para la ciudad de Bahía Blanca y la región;
Y CONSIDERANDO:
Que la educación universitaria pública constituye un componente esencial del desarrollo nacional, garantizando el acceso democrático al conocimiento, la formación de profesionales altamente capacitados y la generación de conocimiento científico y tecnológico;
Que la Ley Nacional Nº 27.795 fue sancionada con el objeto de garantizar la sostenibilidad del sistema universitario público, estableciendo mecanismos de actualización presupuestaria, recomposición salarial docente y no docente, fortalecimiento del funcionamiento institucional, sostenimiento de programas académicos, investigación científica, extensión universitaria, becas estudiantiles e infraestructura universitaria;
Que dicha norma fue convertida en ley conforme el procedimiento constitucional correspondiente, reflejando la voluntad legislativa orientada a consolidar el financiamiento del sistema universitario público en todo el territorio nacional;
Que distintos actos administrativos posteriores condicionaron la ejecución efectiva del régimen previsto, generando incertidumbre en la planificación presupuestaria, académica y científica de las universidades nacionales;
Que esta situación evidencia tensiones entre la voluntad legislativa expresada por el Congreso de la Nación y su materialización efectiva en la política presupuestaria nacional;
Que la educación superior pública constituye una política estratégica de desarrollo económico, científico, tecnológico, productivo y social para la República Argentina;
Que las universidades públicas cumplen funciones esenciales en investigación científica, innovación tecnológica, transferencia al sistema productivo, formación docente, extensión universitaria e intervención social;
Que la Universidad Nacional del Sur fue creada el 5 de enero de 1956, constituyéndose en una de las universidades históricas del sistema universitario argentino y en un actor estructural del desarrollo del sur bonaerense;
Que actualmente la Universidad Nacional del Sur cuenta con cerca de 30.000 estudiantes, más de 3.000 docentes y aproximadamente 600 trabajadores administrativos y técnicos, desarrollando su actividad a través de más de 65 carreras de grado y pregrado, más de 60 carreras de posgrado, más de 25 institutos de investigación y 5 escuelas preuniversitarias;
Que la Universidad Nacional del Sur constituye un polo científico y tecnológico estratégico, aportando recursos humanos calificados e investigación aplicada a sectores clave como la industria petroquímica, el sistema portuario, la producción agroindustrial, la salud pública y el sistema educativo regional;
Que la UNS capta históricamente estudiantes de la región y de otras provincias, contribuyendo a la formación de capital humano calificado y al desarrollo regional, consolidando a Bahía Blanca como centro educativo estratégico del sur argentino;
Que la universidad pública constituye una de las principales herramientas de movilidad social ascendente, permitiendo el acceso a la educación superior a estudiantes de primera generación universitaria y promoviendo igualdad real de oportunidades;
Que la Universidad Nacional del Sur es además un actor central en la vida cultural, científica y social de la ciudad, contribuyendo a la construcción de ciudadanía, al fortalecimiento institucional y al desarrollo comunitario;
Que el 70º aniversario de su creación constituye un hito institucional que interpela a la comunidad local a reafirmar su compromiso histórico con la educación pública;
Que la realización de una sesión extraordinaria del Honorable Concejo Deliberante en el ámbito universitario constituye un gesto institucional de alto valor democrático, reafirmando el vínculo histórico entre la universidad pública y la comunidad bahiense;
Que en ese marco resulta oportuno expresar preocupación institucional ante políticas públicas que puedan afectar el funcionamiento del sistema universitario público;
Que la defensa del financiamiento adecuado de la universidad pública constituye una política estratégica para el desarrollo nacional y regional;
Que Bahía Blanca ha construido históricamente una identidad profundamente vinculada a su universidad pública, siendo la UNS uno de los pilares de su desarrollo económico, social y cultural;
Que en consecuencia resulta necesario que este Honorable Cuerpo exprese su posición institucional en defensa de la universidad pública, del cumplimiento efectivo de la legislación vigente en materia de financiamiento universitario y del fortalecimiento de la Universidad Nacional del Sur en el marco de su 70º aniversario;
Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
PRIMERO - Expresar su firme defensa de la universidad pública argentina como pilar fundamental del desarrollo social, científico, tecnológico, cultural y productivo del país, reafirmando el derecho al acceso igualitario a la educación superior.
SEGUNDO - Manifestar la profunda preocupación de este Honorable Concejo Deliberante ante la falta de ejecución plena y efectiva de la Ley Nacional Nº 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, sancionada por el Congreso de la Nación, por los efectos que ello genera sobre el normal funcionamiento del sistema universitario público.
TERCERO - Destacar el valor institucional, académico, científico, social, económico y cultural de la Universidad Nacional del Sur en el marco de la conmemoración de su 70º aniversario, reconociendo su rol histórico y estratégico en el desarrollo de la ciudad de Bahía Blanca y de la región del sudoeste bonaerense.
CUARTO - Reafirmar el compromiso de la comunidad bahiense, a través de su órgano deliberativo, con el fortalecimiento de la Universidad Nacional del Sur, su misión pública, su calidad académica y su función social, científica y cultural.
QUINTO - Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional arbitre las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento efectivo de la normativa vigente en materia de financiamiento universitario, asegurando los recursos indispensables para el sostenimiento de las universidades públicas nacionales.
SEXTO - Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Capital Humano de la Nación, al Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y a la Universidad Nacional del Sur.
SEPTIMO - Registrar, comunicar, publicar y oportunamente archivar.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA A LOS ONCE DÌAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÈIS.