Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº11

Resolución Nº 11

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/02/2026

VISTO

 

El proyecto de ley presentado por los senadores del bloque La Libertad Avanza en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, que propone la implementación del sistema de Boleta Única de Papel (BUP) como instrumento obligatorio de votación para todas las elecciones provinciales y municipales;

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que el proyecto de ley presentado por los senadores del bloque La Libertad Avanza en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires propone la implementación del sistema de Boleta Única de Papel (BUP) para los procesos electorales provinciales y municipales, con el objetivo de modernizar el régimen electoral vigente y fortalecer la calidad institucional del sistema democrático bonaerense;

 

Que la Boleta Única de Papel constituye una herramienta ampliamente valorada por su capacidad de garantizar mayor equidad entre las fuerzas políticas, al eliminar la necesidad de impresión y distribución individual de boletas partidarias, evitando prácticas que distorsionan la voluntad popular tales como el robo de boletas, la falta de reposición o el denominado “voto en cadena”;

 

Que dicho sistema simplifica el acto electoral para el ciudadano, permitiendo una identificación clara y ordenada de todas las opciones electorales en un único instrumento de votación, lo que redunda en una experiencia más ágil, accesible y comprensible, especialmente para personas adultas mayores y votantes primerizos;

 

Que la experiencia reciente de implementación de la Boleta Única de Papel en las elecciones nacionales celebradas en octubre pasado arrojó resultados positivos ampliamente reconocidos, evidenciándose una mayor rapidez al momento de emitir el voto, una reducción significativa de conflictos e irregularidades durante la jornada electoral y un proceso de escrutinio más claro y transparente;

 

Que asimismo, la utilización de la Boleta Única de Papel permitió un ahorro económico sustancial para el Estado, al disminuir de manera considerable los costos asociados a la impresión masiva de boletas partidarias, la logística de distribución y el posterior descarte del material no utilizado;

 

Que dicho ahorro se traduce también en un impacto ambiental positivo, al reducir de forma significativa el consumo de papel y residuos generados durante los procesos electorales, contribuyendo a una gestión más eficiente y sustentable de los recursos públicos;

 

Que la adopción de este sistema en la Provincia de Buenos Aires representaría un avance institucional relevante, alineando el régimen electoral provincial con estándares modernos de transparencia, eficiencia administrativa y responsabilidad fiscal;

 

Que el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca considera oportuno y necesario expresar su acompañamiento a iniciativas legislativas que promuevan el fortalecimiento del sistema democrático, la transparencia electoral y el uso racional de los recursos del Estado;

 

Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,

 

R E S U E L V E


PRIMERO - Solicitar a la Honorable Cámara de Senadores y a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires el pronto tratamiento y aprobación del proyecto de ley que propone la implementación del sistema de Boleta Única de Papel (BUP) en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, presentado en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires.

 

SEGUNDO - Expresar la adhesión del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca a los principios de transparencia, equidad electoral, eficiencia administrativa y uso racional de los recursos públicos que fundamentan la mencionada iniciativa legislativa.

 

TERCERO - Comunicar la presente Resolución a la Honorable Cámara de Senadores y a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a sus autoridades y a los bloques legislativos que las integran.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA A LOS ONCE DÌAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÈIS.