Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº6

Decreto Nº 6

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/02/2026

VISTO

 

Que el 24 de marzo de 2026 se cumplen cincuenta (50) años del golpe de Estado cívico–militar que dio inicio a la última dictadura en la República Argentina.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 implicó la implementación de un plan sistemático de persecución política, represión ilegal, desaparición forzada de personas, torturas, asesinatos y apropiación de niños y niñas, con su correlato de ruptura del orden constitucional y la supresión de las instituciones democráticas.

 

Que el terrorismo de Estado dejó un saldo de 30.000 personas detenidas-desaparecidas.

 

Que también dejó profundas consecuencias sociales, políticas, económicas y culturales que siempre interpelarán a la sociedad argentina.

 

Que la memoria colectiva constituye un pilar fundamental para la construcción de una democracia plena, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la garantía de Nunca Más.

 

Que el proceso de Memoria, Verdad y Justicia ha sido sostenido de manera ininterrumpida por organismos de derechos humanos y la sociedad argentina en su conjunto, consolidándose como una política de Estado reconocida a nivel mundial.

 

Que, una vez recobrada la vigencia del sistema democrático, tuvieron lugar distintos hitos trascendentales en la lucha por la memoria, la verdad y la justicia, como el Juicio a las Juntas Militares, llevado a cabo en el año 1985, y en el año 2003, por impulso del entonces presidente de la Nación Néstor Kirchner, se remitió al Congreso un proyecto de ley que declaraba la nulidad de las leyes de “Punto Final” y “Obediencia Debida”, logrando que el Congreso sancionara la Ley 25.779. A su vez se promovió la jerarquía constitucional de la Convención de Imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad.

 

Que el proceso de justicia se consolidó a partir del año 2005, cuando la CSJN confirmó el fallo “Simón” y declaró la inconstitucionalidad y nulidad de las “leyes de impunidad”. Se trata de un proceso influenciado por estándares del derecho internacional de los derechos humanos, que es federal, ya que se desarrollan juicios por crímenes de lesa humanidad a lo largo y ancho del país.

 

Además es reconocido a nivel mundial como ejemplo en materia de justicia, ya que son los tribunales ordinarios quienes juzgan a los responsables directos y políticos de las desapariciones, torturas, asesinatos, robo de niños, violaciones, y otros crímenes de lesa humanidad.

 

Que a 50 años del golpe cívico-militar, el proceso de verdad y justicia sigue en plena vigencia, con 357 juicios con sentencia, 1237 represores condenados y 13 juicios orales abiertos en la actualidad.

 

Que el 26 de diciembre del año 2025, tras casi cuatro años de audiencias, culminó el mayor juicio por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura realizado en nuestra ciudad “Mega Causa Zona 5”, con 31 represores condenados por crímenes de lesa humanidad cometidos contra 333 victimas.

 

Que a cincuenta (50) años del golpe de Estado resulta imprescindible renovar el compromiso democrático, especialmente con las nuevas generaciones, promoviendo espacios de reflexión, debate y participación política.

 

Que las juventudes políticas cumplen un rol central en la consolidación de la democracia y en la transmisión intergeneracional de los valores democráticos y de derechos humanos.

 

Que los organismos de derechos humanos han sido actores fundamentales en la defensa de la democracia, la memoria y el esclarecimiento de los crímenes del terrorismo de Estado.

 

Que el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, en su carácter de institución representativa de la voluntad popular, debe abrir sus puertas a expresiones culturales, educativas y de reflexión que fortalezcan la memoria democrática.

 

Que la participación política, el debate público y el trabajo legislativo constituyen pilares esenciales del sistema democrático, y que su fortalecimiento requiere una agenda activa en materia de derechos humanos.

 

Que la comunicación institucional cumple un rol estratégico en la promoción de valores democráticos, la participación ciudadana y la construcción de una memoria colectiva plural.

 

Que la Provincia de Buenos Aires en el decreto 6/2026 ha declarado el año 2026 como el “Año de los Derechos Humanos por la Memoria, la Verdad y la Justicia”;

 

Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,

 

D E C R E T A

 

Artículo 1° - Conmemorar los cincuenta (50) años del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, reafirmando el compromiso del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca con los valores de la Memoria, la Verdad y la Justicia, el respeto irrestricto a los derechos humanos y la defensa del sistema democrático.

 

Artículo 2° - Disponer la realización de una Jornada de Reflexión de Juventudes Políticas, destinada a promover el debate, la participación política y el compromiso democrático de las nuevas generaciones, en el marco de la conmemoración de los 50 años del golpe de Estado.

 

Artículo 3° - Organizar una charla abierta con organismos de derechos humanos, orientada a reflexionar sobre el terrorismo de Estado, la memoria colectiva y los desafíos actuales de la democracia.

 

Artículo 4° - Disponer que el Honorable Concejo Deliberante funcione como espacio de actividades culturales vinculadas a la temática, incluyendo la realización de muestras fotográficas, la proyección de películas y/o documentales, y otras expresiones artísticas relacionadas con la memoria histórica y los derechos humanos.

 

Artículo 5° - Invitar al Concejo Deliberante Joven a tomar como eje de trabajo la conmemoración de los 50 años del golpe de Estado, resaltando la importancia de la participación política, el compromiso ciudadano y la defensa de la democracia.

 

Artículo 6° - Invitar a las comisiones internas, mesas de trabajo y ámbitos de funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante a incorporar la temática de la memoria, los derechos humanos y la democracia en sus agendas de trabajo durante el período conmemorativo.

 

Artículo 7° - Disponer la realización de una campaña de comunicación institucional del Honorable Concejo Deliberante, destinada a promover la reflexión, la participación ciudadana y la difusión de los valores democráticos en el marco de los 50 años del golpe de Estado.

 

Artículo 8° - Para la realización de las anteriores actividades, se propone una coordinación entre los distintos bloques que quieran participar -con un representante por cada uno- y la Presidencia del Concejo Deliberante.

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA A LOS ONCE DÌAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÈIS.