Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº189

Decreto Nº 189

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/02/2026

VISTO que a fs.21/23 se acompaña un Convenio de colaboración institucional entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Empresa Distribuidora de Energía Sur – EDES S.A, suscripto el día 30 de Enero de 2026 y;

CONSIDERANDO

Que desde el año 2004 en el marco del Proyecto Municipal por el cual se realizó un abordaje de la situación que presentaban las villas y asentamientos del Distrito, la Comuna y Edes acordaron la colocación de medidores comunitarios o totalizadores en determinados sectores de la ciudad, acordándose que la energía registrada sería abonada por la Municipalidad, mediante la inclusión de tales importes dentro del régimen de compensación mensual municipal (art. 75 Ley 11769 t.o. Decreto 2479/2004).

Que en el año 2017 el Municipio asumió, mediante una “Minuta de Trabajo”, ratificada por Decreto N°428/2018 el costo del servicio eléctrico de los medidores comunitarios instalados en barrios informales, no habiéndose convalidado a la fecha las actuaciones por parte del Honorable Concejo Deliberante.

Que con esta nueva administración municipal se puso en agenda la problemática existente en los barrios mas vulnerables, a fin de que puedan acceder a un tendido eléctrico en condiciones seguras, circunstancia que debió reformularse por las tres grandes catástrofes climáticas que azotaron extraordinariamente al Distrito y que significaron establecer prioridades en la afectación de recursos económicos, los cuales se destinaron a poner nuevamente la ciudad de pie.

Que actualmente se viene trabajando progresivamente en la regularización de las conexiones, por intermedio del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU) quien realiza una fuerte inversión en infraestructura para el aumento del tendido eléctrico de baja tensión, el cual será incrementado en 23.832 metros lineales en los barrios Tierras Argentinas, Caracol, Mas Barrios y Evita, estableciendo que una parte significativa de la población radicada en dichos barrios, que cuenten con medidores comunitarios, puedan acceder a un medidor individual, reduciendo con ello la posibilidad de que los mismos sufran accidentes domésticos.

Que la seguridad eléctrica representa un aspecto central ya que las conexiones informales y precarias generan riesgos de incendio, electrocución y fallas que ponen en peligro tanto a las familias como al conjunto de la comunidad. Un servicio regularizado reduce significativamente estos riesgos al garantizar instalaciones mas seguras. Además, el acceso formal a la energía eléctrica asegura una provisión estable y de calidad, evitando cortes frecuentes, pérdidas de tensión y sobrecargas que afectan el uso de electrodomésticos, herramientas y sistemas de comunicación. 

Que asimismo la formalización favorece la inclusión social y económica ya que contar con un medidor propio implica el reconocimiento de derechos, permite a las familias acceder a tarifas sociales, regularizar consumos y planificar gastos, evitando la dependencia de conexiones ilegales o intermediarios.

Que la Municipalidad ha llevado adelante gestiones, que continúan en la actualidad, para garantizar la igualdad de trato de los vecinos residentes del Distrito con aquellos residentes de municipios del conurbano bonaerense, tales como Almirante Brown, Ezeiza, Lomas de Zamora, La Matanza, 3 de Febrero u otros, en los cuales mediante un Acuerdo específico convinieron traspasar el pago del consumo de energía eléctrica de los barrios populares a la Provincia.

Que al respecto, la Ley de Presupuesto General de la Administración Provincial establece que el costo de la tarifa de energía eléctrica de los barrios populares podrá ser asumido por la Provincia, de acuerdo a los convenios que celebre el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y de conformidad a la metodología que a tal efecto se defina.

Que en este contexto, y a fin de arribar a una solución definitiva a esta problemática, se conformó una Mesa de trabajo, comprometiéndose sus integrantes a realizar todos los esfuerzos posibles para continuar prestando el servicio a dichos barrios, regularizar progresivamente el acceso a la red eléctrica, y alcanzar acuerdos plausibles y económicamente viables a tales fines.

Que a partir de las acciones realizadas por la Mesa de Trabajo se cumplieron con los compromisos asumidos en la Minuta de 2017 en cuanto a las cuestiones censales a fin de poder alcanzar una base cuantificable para la determinación del consumo correspondiente a los medidores comunitarios, acreditando EDES S.A la cantidad de medidores existentes, ubicación de los mismos, territorio al cual abastecen y el consumo registrado por el servicio; y la Municipalidad las unidades de vivienda involucradas.

Que se adjunta a fs. 21/23 el Convenio suscripto tras las distintas reuniones de la Mesa de Trabajo, mediante el cual las partes se comprometen a realizar acciones conjuntas tendientes a garantizar el abastecimiento de la energía eléctrica en los barrios populares del partido de Bahía Blanca y a la regularización del acceso a la red eléctrica disminuyendo progresivamente el número de medidores comunitarios instalados actualmente.

Que asimismo la empresa prestataria se compromete a partir del 1 de Enero de 2026, a determinar y facturar los consumos correspondientes a medidores comunitarios de barrios populares incluyendo la deducción aplicable a tarifa social, debiendo abonar el Municipio dicho abastecimiento contra la presentación de las liquidaciones remitidas, a su vencimiento.

Que haber concretado las tareas censales mencionadas permitirá determinar correctamente el monto y alcance de los consumos generados con anterioridad a la celebración del convenio, a cuyo efecto se tendrán en cuenta las compensaciones y/o deducciones de créditos existentes y/o futuros entre las partes, así como la posibilidad de contemplar el costo de las obras de inversión de la ampliación de la red eléctrica a ejecutarse mediante OPISU.

Que asimismo las partes se comprometen a llevar adelante campañas de concientización respecto al uso racional de la energía para todos los habitantes que obtengan en el proceso de regularización un medidor individual propio.

Que por lo expuesto el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Registrar el Convenio de colaboración institucional suscripto entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Empresa Distribuidora de Energía Sur (EDES S.A) el día 30 de Enero de 2026.

ARTÍCULO 2°: Ordenar a Contaduría General a abonar a la Empresa Distribuidora de Energía Sur (EDES S.A) los conceptos que surjan de las liquidaciones mensuales que emita dicha empresa en los términos de la cláusula primera del Convenio celebrado.

ARTÍCULO 3°: Encomendar a Jefatura de Gabinete y Secretaría de Gobierno el seguimiento de la Mesa de Trabajo a los fines previstos en la cláusula segunda del Convenio suscripto.

ARTÍCULO 4°: Cúmplase. Tome nota Secretaría de Gobierno, Secretaría de Economía, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General y toda dependencia que corresponda. Hecho: elévese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación en los términos del artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Resérvese en Jefatura de Gabinete.