Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 232
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/02/2026
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por MINNAARD MARIANA, con CUIT 27-22900066-2, Contribuyente N.º 80.627A para desarrollar actividad bajo el rubro de Agencia de lotería, en el domicilio de la calle AVELLANEDA Nro.220 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 26 de febrero 2025, conforme constancias obrantes a fs. 1;
Que de fs. 2 a 9, 13, 14, 17, 18 y 22 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 15 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 6570 de fecha 31/03/2025, dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de uso e higiene;
Que a fojas 20 obra Resolución 790/2025 de fecha 23/06/2025 mediante la cual se le otorga un Permiso de Funcionamiento a Mariana MINNARD, para desarrollar actividades bajo el rubro Agencia de Lotería, por el plazo de 3 meses contados a partir del día de su notificación, conforme a la Resolución N.º 2-3443/2014, Art. 2º, inc. 1º.
Que a fs. 23 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/73;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el SECRETARIO DE ECONOMIA en uso de las facultades conferidas por el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º)- Habílitase a MINNAARD MARIANA con CUIT 27-22900066-2, contribuyente Nº 080627A, para desarrollar actividades bajo el rubro Agencia de lotería, en el domicilio de la calle AVELLANEDA Nro.220 de la ciudad de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 136/2026 a nombre de MINNAARD MARIANA, Contribuyente Nº 080627A de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTÍCULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
ARTÍCULO 5º)- Cúmplase, notifíquese, publíquese y dése al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.