Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 231
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 10/02/2026
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por GTM CONSTRUCCIONES PATAGONIA SA, con CUIT 30-71701022-8, para desarrollar actividad bajo el rubro de OFICINA ADMINISTRATIVA DE INSTALACIONES, EJECUCIONES Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS, en el domicilio de la calle RUTA 3 SUR, Local: 7 Km: 696.5 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 19 de diciembre de 2024, conforme constancias obrantes a fs. 1 y 2;
Que de fs. 3 a 18, 20 a 23, 26, 41, 44 y 45 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 39 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que a fs. 43 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando la correspondiente Acta de Inspección Nº 8110 de fecha 20/01/2026; dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de funcionamiento y uso;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/73;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el SECRETARIO DE ECONOMIA en uso de las facultades conferidas por el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º)- Habílitase a GTM CONSTRUCCIONES PATAGONIA SA con CUIT 30-71701022-8, contribuyente Nº 94169, para desarrollar actividades bajo el rubro OFICINA ADMINISTRATIVA DE INSTALACIONES, EJECUCIONES Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS, en el domicilio de la calle RUTA 3 SUR, Local: 7 Km: 696.5 de la ciudad de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2.º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 101/2026 a nombre de GTM CONSTRUCCIONES PATAGONIA SA, Contribuyente Nº 94169 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTÍCULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTÍCULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.