Boletines/Salto
Decreto Nº 2472/25
Salto, 15/09/2025
Visto
el Expediente Nº4099-40805/25 iniciado por la Sra. Olivia Analia Tuzio Olivera en relación al fallecimiento de la ex agente municipal GRACIELA MABEL OLIVERA, ocurrido el día 04 de Agosto de 2025; y
Considerando
Que, por tal motivo la Jefa del Departamento de Personal de esta Municipalidad, informa que corresponde abonar a sus derechohabientes la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCO CON 20/100 ($1.945.605,20.-) en concepto de subsidio por fallecimiento según lo establece el Decreto Ley 9507/80 y artículo 76º de la Ley Nº14.656, más la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES ($4.488.143,49.-) que corresponde a los haberes devengados hasta el día en que fallece más la liquidación final en concepto de vacaciones no gozadas y S.A.C. proporcional;
Que, a fs. 2/8 se halla adunado el certificado correspondiente al fallecimiento de la ex agente municipal, Partida de Nacimiento, D.N.I., liquidación de haberes y demás documentación inherente al presente trámite;
Que, la Dirección de Presupuesto y la Dirección de Contaduría han tomado debida intervención, indicando la imputación presupuestaria correspondiente a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Ley 9507/80 y artículo 76º de la Ley Nº14.656;
Que, la Dirección de Asuntos Legales mediante su Dictamen Nº1890/25 manifiesta que, en virtud de la documentación acompañada por el Departamento de Personal se encontrarían reunidas las condiciones para librar el acto administrativo correspondiente de acuerdo a las normas legales mencionadas a favor de la hija Olivia Analia Tuzio Olivera;
Que, el subsidio por fallecimiento requerido, se halla previsto para los empleados municipales de la Provincia de Buenos Aires (Dto. Ley 9507/80) y cuyo importe equivale a diez (10) veces el sueldo asignado a la categoría inferior del Agrupamiento Personal Administrativo del Régimen para el personal de la Administración Pública;
Que dicho subsidio se abona en forma inmediata al cónyuge supérstite; y en el caso que el fallecido no dejare cónyuge supérstite en condiciones de percibir el beneficio, éste se abonará por partes iguales a los hijos, y no habiéndolos, a los padres;
Que, conforme lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 2º del Decreto-Ley 9507/80 y las actuaciones llevadas a cabo mediante Expediente Nº4099-40805/25, corresponde librar el presente acto a los fines de disponer el pago del subsidio por fallecimiento establecido por la referida norma legal;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Facultar a la Dirección de Contaduría a librar Orden de Pago a favor de la hija de la ex Agente Municipal GRACIELA MABEL OLIVERA, D.N.I. 12.730.483, Srta. OLIVIA ANALIA TUZIO OLIVERA , D.N.I. 41.996.875, la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCO CON 20/100 ($1.945.605,20.-) en concepto de subsidio por fallecimiento según lo establece el artículo 2º del Decreto Ley 9507/80 y artículo 76º de la Ley Nº14.656, más la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES ($4.488.143,49.-) que corresponde a los haberes devengados hasta el día en que la ex agente fallece, más la liquidación final en concepto de vacaciones no gozadas y S.A.C. proporcional en un todo de acuerdo con la documentación y constancias obrantes en el Expediente Nº4099-40805/25.-
ARTICULO 2º: Imputar la erogación autorizada en el artículo precedente, con cargo a la Jurisdicción: 1110113000 Secretaría de Salud; Apertura programática: 71.01.00 Asistencia en el Hospital Municipal; Partida parcial: 1.6.0 Beneficios y compensaciones; Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal, del Presupuesto en vigencia.-
ARTICULO 3º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-