Boletines/Zárate
Decreto Nº 040/26
Zárate, 03/02/2026
Visto
La presentación realizada por el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate
(ENDEZA), mediante expediente 4121-430/2026, y las Ordenanzas N° 5207 y 5297;
y
Considerando
Que, por Ordenanza N° 3602 y sus modificatorias se creó
la empresa Aguas de Zárate S.A.P.E.M.;
Que, entre la Municipalidad de Zárate y la firma Aguas
de Zárate S.A.P.E.M. se ha suscripto un acuerdo aprobado por Ordenanza 4524,
por el cual la primera reasume la prestación de los servicios de suministro de agua
potable y desagües cloacales en el Partido de Zárate, asumiendo la empresa Aguas
de Zárate S.A.P.E.M. la concesión operativa del servicio conforme las cláusulas y
modalidades acordadas entre las partes;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 4° de la
Ordenanza 4524 los usuarios están obligados a pagar una retribución conforme lo
dispuesto en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes y las obligaciones
tributarias a tal fin dispuestas tendrán como sujeto activo a la Municipalidad de
Zárate, quien percibirá por sí directamente de los usuarios el pago del tributo;
Que, por Ordenanza 5207 se autorizó al Departamento
Ejecutivo a celebrar un contrato de concesión con el Ente Municipal de Desarrollo
de Zárate (ENDEZA) con el fin de darle en concesión la prestación y operación del
suministro de agua potable, desagües cloacales y pluviales comprendiendo la
captación y potabilización, almacenamiento, transporte, distribución y
comercialización de agua potable; y la recepción, tratamiento, disposición y/o
comercialización de desagües cloacales, incluyéndose también aquellos efluentes
industriales que el régimen vigente permita que se viertan al sistema cloacal y la
comercialización de los efluentes líquidos y los subproductos derivados de su
tratamiento;
Que, mediante la Ordenanza 5207 se autorizó al
Departamento Ejecutivo a ceder a favor del Ente Municipal de Desarrollo de
Zárate (ENDEZA) la condición de concedente operativo del contrato celebrado
entre la Municipalidad de Zárate y la firma Aguas de Zárate S.A.P.E.M., aprobado
mediante Ordenanza 4524;
Que, a fs. 2 del expediente referenciado en el Visto la
empresa Aguas de Zárate S.A.P.E.M., solicita a la Municipalidad asistencia
financiera para solventar gastos de personal correspondientes el mes de enero de
2026;
Que, la Contaduría Municipal recomienda la confección
de un Decreto para el otorgamiento de un subsidio e informa la partida
presupuestaria a la que deberá imputarse el gasto;
Que, en virtud del Decreto 13/2025, por el que se dispone
que todo acto administrativo que importe otorgar, crear modificar o extinguir
autorizaciones y/o factibilidades y/o permisos relacionados con el servicio de
aguas y cloacas, debe contar con la previa conformidad del Ente Municipal de
Desarrollo de Zárate (ENDEZA), es que a fojas 1 el Presidente del organismo
descentralizado emite opinión sugiriendo el pago de los conceptos solicitados por
la empresa;
Que, en razón de las circunstancias que fundamentan la
petición de ayuda económica, es que se dispone el otorgamiento del subsidio
requerido por el total de las sumas peticionadas;
Que, en consecuencia resulta imprescindible acceder al
pedido realizado por la firma Aguas de Zárate S.A.P.E.M., entendiendo la
importancia de garantizar el pago en tiempo y forma de los compromisos
asumidos por la firma Aguas de Zárate, en especial el pago de los sueldos y cargas
sociales atendiendo, asimismo, a la participación mayoritaria que posee la
Municipalidad en la firma Aguas de Zárate S.A.P.E.M., en la medida recomendada
por la presidencia del Ente Descentralizado a cargo de la competencia y funciones
del servicio de aguas y cloaca
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Ordenar a la Contaduría Municipal abonar la suma de
PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA
Y CINCO MIL QUINIENTOS QUINCE CON 30/100 ($ 147.355.515,30.-) a la
empresa Aguas de Zárate S.A.P.E.M. en concepto de subsidio con cargo a
rendición de cuentas para solventar los gastos de personal correspondientes al mes
de Enero de 2026.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a:
Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios
Públicos; Programa: 41 – Servicios Urbanos; Actividad: 08 – Obras Sanitarias;
Partida: 5.5.2.0 - Transferencias a empresas públicas no financieras para gastos
corrientes; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal, del presupuesto
vigente.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de
Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Ing. SERGIO R. AGOSTINELLI.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría
de Obras Mantenimiento y Servicios Públicos, Subsecretaría de Mantenimiento y
Servicios Públicos, Secretaría de Economía, Subsecretaría de Asuntos Legales,
Dirección General de Asesoría Letrada, Contaduría, Tesorería y Dirección de
Compras, regístrese y archívese.-