Boletines/Tandil

Decreto Nº420/2026

Decreto Nº 420/2026

Tandil, 04/02/2026

Visto

La nota de la Dirección del Hospital "Enrique Larreta" de la localidad de María Ignacia por medio de la cual solicita la reubicación definitiva de Patricia Leonilde González - Legajo 10.753 en el sector administrativo de dicho establecimiento.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Que se encuentra reubicada provisoriamente desde el 1º de junio de 2025.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE TANDIL

DECRETA

Artículo 1°: Reubíquese definitivamente a Patricia Leonilde González - Legajo 10.753, actualmente designada como personal Administrativo en la categoría 10 - 48 horas semanales de la planta permanente, cumpliendo tareas en el Hospital "Ramón Santamarina" del Sistema Integrado de Salud Pública, al Hospital “Enrique Larreta”, manteniendo su situación de revista, a partir del 1º de enero de 2026.

Artículo 2°: Dese de baja las bonificaciones de Fallo de Caja 5% y el Adicional por Tareas Criticas por desempeñarse en el sector de Guardia del Hospital "Ramón Santamarina".

Artículo 3°: Abonese la Bonificación Geriátrico de Vela.

Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 20.00.00 - Hospital Enrique Larreta de Vela, 110 - Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.6 Personal Administrativo, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 - Por Antigüedad, 1.1.3.2 Por Extensión Horaria, 1.1.7.0 Complementos, 1.1.7.1 - Presentismo, 1.1.7.8 Bonif tareas Especiales del Presupuesto en vigencia.

Artículo 5°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por el Vicepresidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina” y Hospital Enrique Larreta, Departamentos de Operaciones y Estadísticas, de Recursos Humanos y Contaduría, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Roberto Claudio Martínez Crovetto (Presidente)        -        Juan Pablo Frolik (Intendente interino)                                         

             Vicepresidencia del Sistema Integrado de Salud                     -                        Intendencia