Boletines/Tandil
Decreto Nº 385/2026
Tandil, 30/01/2026
Visto
La nota de la Jefa del Departamento de Operaciones y Estadísticas, solicitando la reubicación de María Luisa Irigoin – Legajo 10.597, al área administrativa del laboratorio.
Considerando
Que han informado la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Ampliase la reubicación a María Luisa Irigoin – Legajo 10.597, actualmente designada como Personal Administrativo en la categoría 10 – 40 horas semanales de la planta permanente, prestando tareas en la Farmacia delHospital "Ramón Santamarina", al sector administrativo del Laboratorio, a partir del 3 de febrero de 2026 y por el término de tres (3) meses.
Artículo 2°: Ampliese su extensión horaria de 40 a 48 hs. semanales y descontar de sus haberes el equivalente al 16% destinado al Instituto de Previsión Social por tratarse de un sector insalubre, a partir del 3 de febrero de 2026 y por el término de tres (3) meses.
Artículo 3°: Descuéntese de sus haberes el dieciséis por ciento (16%) a fin de realizar los aportes jubilatorios al I.P.S., en razón de la insalubridad del área, a partir del 3 de febrero de 2026 y por el término de tres (3) meses.
Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 - Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 - Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 - Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo, 1.1.1.6 - Personal Administrativo, 1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 - Por Antigüedad, 1.1.3.2 - Por Extensión Horaria, 1.1.3.3 - Liquidación de Obra Social, 1.1.7.0 - Complementos, 1.1.7.1 - Por Presentismo, del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 5°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Direcciones del Hospital Ramón Santamarina, Departamentos de Operaciones y Estadísticas, de Recursos Humanos y Contaduría, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia