Boletines/Tandil

Decreto Nº379/2026

Decreto Nº 379/2026

Tandil, 30/01/2026

Visto

El Acta Acuerdo de fecha 12 de Enero de 2026 y, la Ordenanza 19079 de Presupuesto de Recursos y Gastos para el ejercicio del corriente año; y.

Considerando

Que se ha acordado sustituir el artículo 38 del CCT 9/2019, el cual refiere al concepto Antigüedad;

Que el artículo 19 de la Ordenanza de Presupuesto 2026 autoriza al Departamento Ejecutivo a aplicar al personal las bonificaciones y adicionales que se contemplen en el Estatuto del Personal Municipal,

Por todo ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Determínase a partir del 1° de Enero de 2026 que por cada año de antigüedad en la administración pública, se traten de servicios nacionales, provinciales o municipales, o conforme lo determinado por el artículo 2° del Decreto 130/2015 cuando corresponda, se computará un dos por ciento (2%) del básico de la categoría de revista del trabajador, desde el 1/1/1996 hasta el 31/12/2015 y un tres por ciento (3%) del básico de la categoría de revista del trabajador, a partir del 1/1/2016, no afectando los porcentajes vigentes por este concepto al 31/12/1995.

Artículo 2º: Lo determinado en el artículo precedente es de aplicación a todo el personal de la Administración Central del Municipio de Tandil y del Ente Descentralizado Sistema Integrado de Salud Pública, con excepción del personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 945/08 “E” y los trabajadores incorporados al Municipio en el marco de la Ley de Paisaje Protegido (Ley 14.126).

Artículo 3°: Los egresos respectivos impútense a las partidas presupuestarias correspondientes del Presupuesto de Gastos en vigencia para el corriente ejercicio

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial”. Tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                Secretaría de Gobierno                 -               Intendencia