Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 139
Chivilcoy, 21/01/2026
Visto
el Expediente N°4031-269998/26, el reclamo de Fs.1 y la demás documentación obrante, en especial el informe de la Secretaria de Obras Publicas de la Comuna, Y
Considerando
que del citado informe resulta que el hecho expuesto por la contribuyente ha acecido tal como lo expone sufriendo los daños que detalla.
Que, es interés del Municipio disminuir la judicialidad de los reclamos cuando los hechos y los daños resultan prima facie acreditados lo que así sucede en este caso.
Que, en consecuencia y a los fines de evitar procesos litigiosos de los cuales podrían derivar mayores prejuicios y gastos a la comuna es conveniente lograr una solución amistosa del asunto.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A:
Artículo 1°: Concédase, sin reconocer hechos ni derechos, al reclamante OSCAR LUNGARZO, DNI: 16.546.726, la suma de $430.000 (pesos cuatrocientos treinta mil) en concepto de reparación de daños y perjuicios previa suscripción de convenio conciliatorio y/o acta de desistimiento, la que una vez suscripta se elevará al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.
Artículo 2: Remítase a la Contaduría Municipal.
Artículo 3: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda dése al RO, archívese.-
DECRETO Nº: 139
GAB/mvb