Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº87

Decreto Nº 87

Chivilcoy, 08/01/2026

Visto

la solicitud de las autoridades del Taller Dignidad Chivilcoy por la cual requieren una suma de dinero para afrontar gastos generales de funcionamiento y de honorarios de profesionales de la institución, y

Considerando

lo informado por la Oficina de Presupuesto Municipal. -

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

          EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones;


                                              D E C R E T A: 


Artículo 1º: Se autoriza la suma de $ 500.000. (pesos quinientos mil) mensuales pagaderos durante 3 (tres) meses del año en curso, destinados al Taller Dignidad Chivilcoy para afrontar gastos generales de funcionamiento y de honorarios de profesionales que prestan servicios en la mencionada entidad. -

Artículo 2º: Responsabilizase al Presidente del Taller Dignidad, Sr. Denezio Diego Héctor, por la rendición de cuentas del importe que se le asigna en el artículo anterior, suma que será imputada a la Partida 1110102000-Secretaria de Gobierno , 01.00.00-Diseño y Coordinación de Políticas a Ejecutar por las Distintas Direcciones , 5170- Transferencias a otras instituciones culturales  y sociales sin fines de lucro , 110- Tesoro Municipal. 


Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda,    dése al  R.O., archívese.-

DECRETO Nº: 87
GAB/mvb