Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº45

Decreto Nº 45

Chivilcoy, 02/01/2026

Visto

la solicitud del Secretario de Derechos Humanos, Genero y Diversidad Sexual por la cual requiere mediante expediente administrativo del rubro, se disponga el pago destinado a los gastos ocasionados por los talleres enmarcados en el Plan Municipal de Actividades Barriales; y 

Considerando

lo informado por la Secretaría de Hacienda. 

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A:
Artículo 1º: Disponese la suma de $5.393.700 (pesos cinco millones trescientos noventa y tres mil setecientos) para abonar a los talleristas y coordinadores que realizan diferentes actividades en Discapacidad – Chivilcoy sin barreras, Centro de Danza Creativa y Psicomotricidad, Hogar de Abrigo de Niños, Niñas y Adolescentes, Niñez, Programa Envión. Dichas actividades están enmarcadas en el Plan Municipal de Actividades Barriales, según anexo adjunto. 
Artículo 2º: Responsabilizase al Secretario de Derechos Humanos, Genero y Diversidad Sexual, Sr. Arturo Pertosa por la rendición de cuentas del importe mencionado anteriormente, suma que será imputada a la Partida 1110117000- Secretaria de Desarrollo Social, 5.1.3.0 Becas,52.00.00 Plan Municipal de Actividades Barriales, 110-Tesoro Municipal. 
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda dése al R.O., archívese. 
DECRETO N.º 45
           GAB/mvb

Anexos

TALLERISTAS DDHH

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