Boletines/Lujan

Decreto Nº2024

Decreto Nº 2024

Lujan, 10/12/2025

Referencia: Autoriza recategorización y asigna bonificación a Pereyra Sebastián Alberto

Visto

el Expediente NºEX-2025-00157754- -MUNILUJAN-DRH#SGPC; y

Considerando

Que por Nota de Firma Conjunta N° NO-2025-00157572-MUNILUJAN-SSP el Secretario de Servicios Públicos y el Director General de Servicios Públicos solicitan la asignación de la Bonificación por Título para el agente Pereyra Sebastián Alberto Legajo N° 5430.

Que se incorpora como Informe Gráfico IF-2025-00157884-MUNILUJAN-DRH#SGPC copia de analítico del título de Bachiller con orientación en Gestión y Administración del agente Pereyra.

Que para esos fines, por Providencia N° PV-2025-00157960-MUNILUJAN-DRH#SGPC se solicita informe de situación de revista.

Que en efecto, el Departamento de Personal por Informe Gráfico N°IF-2025-00159414-MUNILUJANDRH#SGPC informa que el agente Pereyra Sebastián Alberto, Legajo N° 5430, DNI N° 29.036.882, ingresó a la comuna el 1 de diciembre de 2008, revistiendo actualmente en la planta permanente como Personal de Obrero clase VI de 48 horas semanales, en la Dirección de Mantenimiento Urbano de la Secretaría de Servicios Públicos, percibiendo bonificación por Actividades Penosas, Riesgosas o Insalubres del 15% del sueldo básico.

Que en Providencia N°PV-2025-00159615-MUNILUJAN-DRH#SGPC el Director de Recursos Humanos informa que corresponde asignar la bonificación por título secundario del 8% del sueldo básico del agente Sebastián Alberto Pereyra, legajo N°5430.

Que el Secretario de Economía y Finanzas toma conocimiento y presta conformidad para el otorgamiento de la bonificación solicitada en Providencia N° PV-2025-00168553-MUNILUJAN-SEF.

Que en Providencia N°PV-2025-00170151-MUNILUJAN-CM#SEF informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.

Que conforme a lo indicado en los considerandos anteriores, a requerimiento de lo solicitado corresponde asignar la bonificación por título del 0% contemplada en el artículo 33º de la Ordenanza N°8725, asimismo en virtud de la antigüedad que posee el agente Pereyra corresponde promoverlo a clase V a partir del 1º de diciembre del 2025.

Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58, artículo 66º de la Ley Nº 14.656.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Autorizase la recategorización del agente municipal de planta permanente, PEREYRA, Sebastián Alberto legajo Nº 5430, como Personal Obrero clase V de 48 horas semanales, quien se desempeña actualmente en la Dirección de Mantenimiento Urbano de la Secretaría de Servicios Públicos, a partir del 1º de diciembre de 2025.

Artículo 2°.- Asígnese la BONIFICACIÓN POR TITULO equivalente al 8% del sueldo básico, al agente municipal de planta permanente que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección de Mantenimiento Urbano de la el Secretaría de Servicios Públicos, a partir del 1º de diciembre de 2025:

PERSONAL OBRERO CLASE V DE 48 HS. SEMANALES

•     PEREYRA, Sebastián Alberto, legajo Nº 5430.

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1° y 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

31.- Secretaría de Servicios Públicos.

33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.

03.- Recolección y Disposición Final de Residuos.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos en Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo

Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archivase.