Boletines/Arrecifes
Resolución Nº 3023/25
Arrecifes, 12/06/2025
Visto
La situación de los empleados y empleadas municipales que se encuentran en uso de licencia por carpeta médica, y la importancia de contar con un sistema claro y efectivo que garantice los derechos de estos trabajadores y;
Considerando
Que es fundamental garantizar la salud y el bienestar de los empleados públicos, así como su derecho a acceder a licencias por motivos de salud, conforme a la normativa vigente.
Que la Junta Médica tiene un rol crucial en la evaluación de las condiciones de salud de los empleados y la determinación de la continuidad o no de las licencias.
Que es necesario conocer de manera cabal el funcionamiento de la Junta Médica, incluyendo su composición, procedimientos y tiempos de respuesta, para asegurar un proceso transparente y equitativo.
Que la falta de información sobre estos temas puede generar incertidumbre y malestar en los empleados y empleadas, lo que afecta su rendimiento y bienestar general.
Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad la siguiente:
RESOLUCIÓN:
Artículo 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal brinde información sobre la situación actual de los empleados y empleadas municipales que cuentan con carpeta médica, especificando el número de empleados que se encuentran en esta situación, así como los tiempos promedio de licencia.
Artículo 2: Requiérase al Departamento Ejecutivo Municipal brinde información acerca del funcionamiento de la Junta Médica Municipal, incluyendo:
Artículo 3: Instase al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar medidas que aseguren el debido proceso, celeridad y transparencia en el tratamiento de los casos de licencias por carpeta médica, así como la adecuada resolución y comunicación con los trabajadores involucrados.
Artículo 4°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal informe pormenorizadamente sobre las instancias de apelación disponibles para los empleados, en caso de que no estén de acuerdo con la evaluación realizada por la Junta Médica Municipal, y cómo se toma en cuenta la opinión de sus propios médicos de cabecera y seguimiento en estos procesos.
Artículo 5°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal brinde respuesta a la presente disposición en el término de quince (15) días contados a partir de su notificación; para su análisis y tratamiento en el ámbito correspondiente.-
Artículo 6°:Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE ARRECIFES EN LA 8° SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA ONCE DE JUNIODEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-
Arrecifes, 12 de Junio de 2025.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
FABIAN CESAR REYNA FRANCISCO JOSÉ BÓVEDA
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante