Boletines/Alberti
Ordenanza Nº 2700-25
Alberti, 28/10/2025
VISTO:
Lo normado en el Artículo 57° de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
CONSIDERANDO:
La donación efectuada a favor del Municipio de Alberti por parte del Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo, de un vehículo a fin de su utilización por la Planta de Clasificación de Residuos Sólidos Urbanos.
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante la aceptación de donaciones y legados.
En virtud de lo expresado
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ALBERTI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Dispónese la aceptación la donación efectuada por el Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo, consistente en la entrega de los siguientes bienes muebles:
ARTÍCULO 2°: Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de Ordenanzas y archívese.