Boletines/Rauch
Ordenanza Nº 1628/25
Rauch, 19/11/2025
Visto La nota de solicitud de otorgamiento de fondos efectuada por el Intendente Municipal de Rauch.
El Decreto Ley 9801/82, que crea el Fondo de Ayuda Financiera para los afiliados de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires con fines sociales.
El convenio suscripto en fecha 29 de octubre del corriente año entre la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y el Intendente Municipal de la Ciudad de Rauch, Cr Roberto Maximiliano Suescun.
La Ley Orgánica de las Municipalidades
Considerando Que ambas partes tienen interés en la concreción del proyecto de construcción de viviendas entendiendo que la problemática habitacional es uno de los principales ejes a resolver.
Que mediante el convenio mencionado en los vistos las partes acuerdan la construcción por parte del Municipio de seis viviendas para “Personal Policial” de 59.75 m2, en parcelas propiedad de la Municipalidad de Rauch, identificada catastralmente como Circunscripción: I, Sección C, Quinta 24, Manzana 24 D, Parcelas 8,9,10,11,12 y 13, matrícula 7287- partido 088.
Por su parte la caja aportara al Municipio para la concreción de la obra la suma total de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00), que serán efectuados en tres desembolsos mediante el correspondiente certificado de avance de obra y la rendición de cuentas debidamente documentada, que acredite la inversión de los fondos percibidos.
Que la cláusula sexta del convenio suscripto requiere previamente a transferir los fondos y el inicio de las obras la convalidación del mismo por parte del Honorable Concejo Deliberante.
De acuerdo con lo previsto en la cláusula décimo tercera del Convenio, La Municipalidad se compromete a transferir el dominio de los inmuebles sobre los que se construirán las viviendas a quien la Caja disponga mediante donación. Asimismo, la selección de los adjudicatarios será realizada por La Caja.
Que no obstante lo dispuesto en la cláusula décimo tercera del convenio, teniendo en cuenta la finalidad del programa lotes con servicios y de acuerdo al destino que le corresponde a los inmuebles municipales resulta oportuno que los lotes sean adjudicados en tanto sean utilizados para vivienda única, familiar y de ocupación permanente; por lo que corresponde, sin perjuicio de la selección de los adjudicatarios por parte de la caja, la autorización expresa de este cuerpo deliberativo.
Que en la cláusula Décimo cuarta del Convenio suscripto se deja constancia que el proceso de selección de los adjudicatarios/as será realizado exclusivamente por LA CAJA, no obstante ello, y tratándose de inmuebles municipales, este HCD establece que dicho proceso de selección deberá constar de las etapas necesarias para garantizar transparencia e igualdad de oportunidades, dado que se trata de la cesión de tierras públicas.-
Que resulta indispensable fomentar y ejecutar por parte del Estado Municipal, distintos proyectos que apunten al desarrollo de los distintos barrios y que hacen al mejoramiento de la calidad de vida de la población.
Por todo ello, este Honorable Concejo Deliberante acuerda y sanciona lo siguiente:
ORDENANZA
Artículo N°1: Convalidar el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Rauch y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, para la construcción de seis viviendas en la Ciudad de Rauch por la suma total de Pesos trescientos millones ($300.000.000,00).
Artículo N°2: Afectar las parcelas identificadas catastralmente como Circunscripción: I, Sección C, Quinta 24, Manzana 24 D, Parcelas 8,9,10,11,12 y 13, matrícula 7287- partido 088 al cumplimiento de lo dispuesto en el convenio; las que serán cedidas a los adjudicatarios una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo tercero de la presente.
Artículo N°3: Disponer la cesión de los inmuebles referidos a sus adjudicatarios, previa verificación por parte de este Honorable Concejo Deliberante del cumplimiento del destino de vivienda única, familiar y de ocupación permanente. Realizando el proceso de escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno atento al interés social del programa.
Artículo N°4: Este HCD establece que el proceso de selección establecido en la cláusula décimo cuarta del Convenio suscripto, deberá cumplir con los siguientes pasos y requisitos, a efectos de garantizar transparencia e igualdad de oportunidades para el acceso a cada vivienda única, familiar y de uso permanente, objeto del presente, a saber:
a) La CAJA establecerá e informará a la Municipalidad de Rauch las condiciones y requisitos a cumplimentar por parte de las y los interesados a acceder a las viviendas.
b) Sin perjuicio de ello, en todos los casos los interesados deberán contar con al menos dos (2) años de antigüedad de trabajo y/o prestación efectiva de servicios en el distrito de Rauch.
c) LA CAJA fijará las fechas y plazos de inscripción, debiendo otorgar un plazo no menor a 30 días corridos.
d) Una vez fenecido el plazo de inscripción, la CAJA deberá presentar el listado ante la Municipalidad de Rauch, a los efectos de su publicación. La Municipalidad de Rauch deberá
publicar el listado en la página oficial del Municipio y exponerlo en un lugar visible en el Palacio Municipal durante el plazo de quince días corridos, para que todas las personas interesadas puedan realizar las impugnaciones, observaciones y/o descargos que consideren de su interés, debiendo -para ello- presentar una nota firmada y fundada por Mesa de Entradas Municipal, acompañando la documentación respaldatoria que considere pertinente.
e) De presentarse observaciones, las mismas serán elevadas a la CAJA, la cual tendrá un plazo de quince días corridos de recibida la observación para expedirse. En el caso que se requiera de informes al interesado/a o a organismos públicos, dicho plazo podrá extenderse por el tiempo que determine la CAJA.
f) No habiéndose presentado observaciones en tiempo y forma, o resueltas las mismas, la CAJA remitirá el listado definitivo al HCD de Rauch para su aprobación.
g) Aprobado el listado por el HCD de Rauch, se remitirá al Departamento Ejecutivo para proceder al sorteo público para determinar la adjudicación de las seis viviendas.
h) El sorteo deberá ser realizado por ante escribano público siguiendo el siguiente procedimiento: el escribano sorteará a todas las personas que integran el listado
oportunamente aprobado, para designar el ORDEN DE PRELACIÓN del mismo, con titulares y suplentes.
Artículo N°5: Comuníquese a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Articulo N°6: De forma.
Ordenanza sancionada en sesión ordinaria del 19-11-2025.