Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº5905/18

Ordenanza Nº 5905/18

General Villegas, 26/04/2018

VISTO:

La necesidad de adecuar el texto de la ordenanza Nº 3382 que data del año 1998. La importancia de que las normas vigentes se ajustan a las necesidades actuales de la administración pública; y

CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente que las normas se adecuen al paso del tiempo, el cual genera nuevas necesidades en cuanto a los procedimientos administrativos.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:                       

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modifíquese el artículo primero de la Ordenanza Nº 3382 el que quedará redactado de la siguiente forma:

              “ARTÍCULO 1º: No podrán aplicarse recargos por multas, intereses resarcitorios y/o punitorios, ni dejar sin efecto descuentos que correspondieran aplicarse a quienes incurran en retrasos en sus pagos y obligaciones como contribuyentes municipales cuando esta situación derive de omisiones y/o demoras atribuibles a la Administración Pública”

ARTÍCULO 2º: La presente ordenanza será de aplicación para el presente ejercicio.

ARTÍCULO 3º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.