Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 5892/18
General Villegas, 12/04/2018
VISTO:
El Reglamento del Programa “Punto Digital” impulsado por la Secretaría de País Digital del Ministerio de Modernización de la Nación; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto general ejecutar acciones conducentes a la generación de espacios tecnológicos para el acceso a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en los principales centros cívicos y espacios de amplio acceso comunitario del país, como así también facilitar a la ciudadanía las herramientas necesarias que le permitan el conocimiento de dichas tecnologías para su aprehensión.
Que asimismo tiene como objetivos específicos: fortalecer el acceso a las tecnologías, información y el conocimiento y promover la igualdad en el acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicaciones, a fin de favorecer la inclusión social y contribuir el desarrollo de las personas y las comunidades; propiciar el aprendizaje intrafamiliar y la comunicación integral e intergeneracional de la comunidad; impulsar proyectos locales que propicien de modo integral la apropiación de las tecnologías en la comunidad, articulando iniciativas que fortalezcan la inclusión digital, la capacitación y el acceso a nuevas herramientas que faciliten la salida laboral de la comunidad e impulsar la alfabetización digital como condición necesaria para la modernización y desarrollo de los pueblos.
Que resulta necesario autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir los instrumentos que se celebren en el marco del programa aludido.
Que corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de General Villegas al Programa “Punto Digital”, promovido por la Secretaría País Digital del Ministerio de Modernización de la Nación.
ARTÍCULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el respectivo convenio y toda otra documentación que resulte necesaria a los efectos de implementar el Programa “Punto Digital”.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.