Boletines/General Villegas

Resolución Nº345/18

Resolución Nº 345/18

General Villegas, 16/04/2018

Visto

El Expediente Nº 4802/17, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Irma Gabriela Pagliaso Francisque, dedicado a la explotación de los rubros “Venta de ropa y accesorios”, a partir del 3 de abril de 2017; y

Considerando

Que mediante Resolución Nº 659/17, agregada a fojas 36 y 37, se registró la habilitación provisoria, correspondiente al Contribuyente Nº 21859.

Que por Expediente Nº 4802/17 Alcance 1, agregado a fojas 40, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.

Que se labraron Acta de Inspección Nº 6256 y Censo de Comercio e Industria Nº 6343, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 43 y 44).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 51, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).

Que a fojas 53 y 54, División Comercio e Inspección acompaña proyecto de resolución.

Que a fojas 57 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 659/17, de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Prendas de Vestir – Accesorios”, denominación comercial “Únicas Indumentarias”, de la señora Irma Gabriela Pagliaso Francisque, D.N.I. Nº 33.788.539, Contribuyente Nº 21859, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-07, NIS Nº 1053787-02 – T1RSS – Tarifa Social, con domicilio comercial en calle Malvinas Argentinas Nº 2069 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 96ak, Parcela 12, fecha de alta 3 de abril de 2017, no contando con empleados en relación de dependencia, según las constancias obrantes en el Expediente Nº 4802/17.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora Irma Gabriela Pagliaso Francisque, D.N.I. Nº 33.788.539, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.