Boletines/General Villegas

Resolución Nº334/18

Resolución Nº 334/18

General Villegas, 16/04/2018

Visto

El Expediente Nº 1242/06, donde se tramita la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Rosana Alejandra Pinto, dedicado a la explotación del rubro “Venta al por menor de prendas de vestir - accesorios”, con fecha 1 de marzo de 2006, registrado como  Contribuyente Nº 886; y

Considerando

Que por Expediente Nº 1242/06 Alcance 1, agregado a fojas 54, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 31 de diciembre de 2016.

Que mediante Acta de Constatación Nº 5602, realizada el 3 de enero de 2017, se constató que el comercio se encuentra cerrado (fojas 56).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 64, informando que el Contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 68 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

 Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 31 de diciembre de 2016, del comercio perteneciente a la señora ROSANA ALEJANDRA PINTO, DNI Nº 17.441.082, Contribuyente Nº 886, habilitado con los rubros “VENTA AL POR MENOR DE PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS”, denominación comercial “FLOWER & NICK”, Codificador de Rentas Nº 62200-02, NIS Nº 1050172-02 – T1G – Servicios Generales, con domicilio comercial en calle Arenales Nº 299 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 19, Parcela 22a, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 1242/06.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.