Boletines/General Villegas

Resolución Nº286/18

Resolución Nº 286/18

General Villegas, 04/04/2018

Visto

El Expediente Nº 5599/06, correspondiente a la Habilitación Municipal de un comercio, perteneciente a la firma Stringhini Roberto Aníbal y Stringhini Alejandro S.H., dedicado a la explotación del rubros “Venta de Neumáticos, Cubiertas y Cámaras”, Contribuyente Nº 20169; y

Considerando

Que mediante los Expedientes Nº 5599/06 alcances 6 y 7 respectivamente, se solicita el anexo del rubro: “Gomería” y el traslado a calle a Santo Tomas Moro Nº 415 de la ciudad de General Villegas.

Que a fojas 131, mediante el Acta de Constatación         Nº 6136, de fecha 22 de septiembre de 2017, surge que el comercio no se encuentra funcionando.

Que el Departamento Rentas informa que el contribuyente registra deuda, en concepto “Tasa por Alumbrado Público” (fojas 136).

Que a fojas 139 y 140, eleva el informe de práctica la División Comercio e Inspección.

Que a fojas 144 se expide favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la incorporación del rubro “Gomería”, Codificador de Rentas Nº 71400-09, a la actividad comercial principal dedicada a la explotación del rubro “Venta de Neumáticos, Cubiertas y Cámaras””, denominación comercial “Stringhini Neumáticos”, del Contribuyente Nº 20169, Stringhini Roberto Aníbal y Stringhini Alejandro S.H., NIS Nº 1584058-01 - T1G - Servicios Generales, contando con un (1) empleado en relación de dependencia, en el inmueble ubicado en Acceso Malvinas Argentinas Nº 2034 y 2042 de la ciudad de General Villegas, individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 96as, Parcelas 4 y 5, a partir del día 12 de septiembre de 2012.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese el traslado del comercio mencionado en el artículo primero, al local comercial sito en calle Santo Tomás Moro      Nº 415 de esta ciudad, NIS Nº 1599156-02 - T1G - Servicios Generales, individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 22, Parcela 27, a partir del 20 de marzo de 2013.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la baja de un (1) empleado en relación de dependencia, al contribuyente mencionado anteriormente, a partir del 9 de junio de 2016, según Censo de Comercio e Industria Nº 4517.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, al contribuyente mencionado, a partir del 19 de julio de 2016, según Censo de Comercio e Industria Nº 4656.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese la baja provisoria del comercio cuyos datos se enuncian en el artículo segundo, a partir del 22 de septiembre de 2017, atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 5599/06.

ARTÍCULO SEXTO: Reclámese la deuda que mantiene con la comuna, en concepto de “Tasa por Alumbrado Público”, relacionado con la actividad comercial que desarrolló hasta la fecha de baja y requiérase la cumplimentación de todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, a los efectos de otorgar la baja definitiva del contribuyente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO OCTAVO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.