Boletines/General Villegas
Decreto Nº 772/18
General Villegas, 29/05/2018
Visto
El Expediente Nº 5792/18, iniciado por la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas de la Asociación Civil “La Mano Tendida en Bunge”, solicitando un subsidio mensual destinado a solventar los gastos de alquiler del inmueble donde funciona la institución; y
Considerando
Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio mensual de pesos ocho mil cien ($ 8.100), desde el mes de mayo a diciembre de 2018 inclusive, a la COMISIÓN DIRECTIVA Y REVISORA DE CUENTAS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL “LA MANO TENDIDA EN BUNGE”, destinado a solventar los gastos de alquiler del inmueble donde funciona la institución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque conforme se indica en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, conforme lo establecen las normas vigentes. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
Subjurisdicción: |
Conducción Superior |
Programas o Actividades Centrales: |
79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
Fuente de Financiamiento: |
132 |
Clase: |
5.1.7.0. |
Descripción de Clase: |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
Programa y Actividad: |
79.00.00 |
Importe: |
$ 64.800 ($ 8.100 de mayo a diciembre 2018). |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.