Boletines/General Villegas

Decreto Nº772/18

Decreto Nº 772/18

General Villegas, 29/05/2018

Visto

El Expediente Nº 5792/18, iniciado por la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas de la Asociación Civil “La Mano Tendida en Bunge”, solicitando un subsidio mensual destinado a solventar los gastos de alquiler del inmueble donde funciona la institución; y

Considerando

Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio mensual de pesos ocho mil cien ($ 8.100), desde el mes de mayo a diciembre de 2018 inclusive, a la COMISIÓN DIRECTIVA Y REVISORA DE CUENTAS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL “LA MANO TENDIDA EN BUNGE”, destinado a solventar los gastos de alquiler del inmueble donde funciona la institución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque conforme se indica en el Artículo Primero.

ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, conforme lo establecen las normas vigentes. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad).

ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:

Conducción Superior

Programas o Actividades Centrales:

79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado

Unidad Ejecutora:

Intendente Municipal

Fuente de Financiamiento:

132

Clase:

5.1.7.0.

Descripción de Clase:

Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro

Programa y Actividad:

79.00.00

Importe:

$ 64.800 ($ 8.100 de mayo  a diciembre 2018).

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.