Boletines/General Villegas
Decreto Nº 757/18
General Villegas, 24/05/2018
Visto
El Expediente N° 9635/17 iniciado por Productores Rurales de Santa Regina, solicitando autorización para realizar trabajos de extracción lateral de tierra sobre caminos rurales que corren en sentido norte-sur y este-oeste desde Estancia La Codiciada hasta Estancia Fortín República y posterior descuento con el monto que debe abonar cada contribuyente en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal en el marco de la Ordenanza N° 5814/17; y
Considerando
Que los señores Carlos Alberto Roca, Pablo y Juan Ricau, Elson Juan Ristorto, Héctor Pedro Ristorto, Mónica Iguerabide, Alicia Inés Ullate, Graciela Ullate y Estella María Ullate, acompañan un presupuesto por trabajos consistentes en extracción lateral de tierra para cubrir y abovedar el camino de Miguel Barraco por la suma total de $ 1.512.000 y otra cotización de Ing. Elbusto Constructora SRL por la suma de $ 1.555.000 mas IVA (fs. 12 y 13).
Que a fojas 34 interviene la Dirección Vial autorizando la realización de los trabajos requeridos.
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, no formula objeciones a lo actuado (fs. 35).
Que Departamento Catastro interviene a fojas 37 a 39, 175 a 198, individualizando catastralmente a los inmuebles, contribuyentes y sus titulares.
Que la Dirección de Rentas interviene de fojas 19 a 85, emitiendo el estado de la cuenta corriente de cada contribuyente correspondiente al ejercicio 2017.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 134 y 135, analiza el pedido formulado en las presentes actuaciones en el marco de la declaración de emergencia vial realizada por Ordenanza N° 5814/17 y restante legislación vigente en la materia, sugiriendo la intervención de la Comisión Interna de Tasación y posteriormente el descuento proporcional en la suma que deban abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que de fojas 118 a 128 se agregan facturas presentadas por los contribuyentes.
Que el Director Vial confirma la ejecución de los trabajos de mantenimiento y reparación de los caminos objeto del presente expediente (fojas 131).
Que la Comisión Interna de Tasación Municipal interviene a fojas 133 a 135, expresando que los montos presupuestados por la ejecución de limpieza de cunetas y alcantarillas, realización de alteos y perfilado del camino desde Estancia La Codiciada hasta Estancia Fortín República, se encuentran a valor corriente en plaza bajo las condiciones actuales de mercado.
Que la Ordenanza Fiscal N° 4555 (T.O) establece en el Título XXIX que por la prestación de los servicios de conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales de jurisdicción municipal los titulares de dominio, poseedores a título de dueño, nudos propietarios y/o usufructuarios de parcelas rurales deberán abonar el monto que en concepto de Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal al efecto se establezca, tomando como base imponible la cantidad de hectáreas o fracción superior a 51 áreas.
Que la Ordenanza Tributaria determina la alícuota que deben tributar por hectárea los contribuyentes de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que el artículo 284 del mismo ordenamiento normativo establece que la Tasa por Seguridad y Defensa Civil se hará en forma conjunta con la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que por Ordenanza N° 5814/17 el Honorable Concejo Deliberante declaró en emergencia a la Red Vial Municipal, autorizó a resolver con urgencia los gastos relacionados, coordinar con los productores agropecuarios a realizar trabajos de reparación y mantenimiento de la red vial y descontar la inversión de la obra realizada con el monto a abonar en concepto de la Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal correspondiente al ejercicio 2017.
Que en las presentes actuaciones se cumplimentaron los extremos exigidos por la Ordenanza N° 5814/17, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 3 a 5 del ejercicio 2017 de la” Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” a los Contribuyentes N° 33355 y 33356, correspondientes a los inmuebles individualizados catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcelas 1071a y 1071b, Titular Carlos Alberto Roca, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO SEGUNDO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 1 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” a los Contribuyentes N° 33252, 33250, 33251, 33253, 33254, 33255, 33256 y 33257, correspondientes a los inmuebles individualizados catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcelas 1170g, 1070e, 1070f, 1070h, 1070k, 1070m, 1070n y 1070p, Titular Pablo Federico Ricau y Juan Heriberto Ricau, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 3 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 33347, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección Rural, Parcela 1069h, Titular Elson Juan Ristorto y Héctor Pedro Ristorto, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO CUARTO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 3 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” a los Contribuyentes N° 35290 y 34874, correspondiente a los inmuebles individualizados catastralmente como Circunscripción XII, Sección Rural, Parcelas 1171k y 1171h, respectivamente, Titular Mónica Iguerabide, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO QUINTO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 1 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 34171, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XII, Sección Rural, Parcela 1172ar, Titular Alicia Inés Ullate, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO SEXTO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 1 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 35550, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XII, Sección Rural, Parcela 1172an, Titular Graciela Ullate, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO SÉPTIMO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 1 a 5 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 34170, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XII, Sección Rural, Parcelas 1172ap, Titular Estela María Ullate, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO OCTAVO: Autorícese a las oficinas competentes a realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
ARTICULO NOVENO: Autorícese a las oficinas competentes a reliquidar a los Contribuyentes mencionados en los artículos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo, la Tasa por Seguridad y Defensa Civil, sin aplicar intereses, multas ni recargos de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DECIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección Vial y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.