Boletines/General Villegas

Decreto Nº739/18

Decreto Nº 739/18

General Villegas, 21/05/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 5890/18, pertenecientes a la Licitación Privada Nº 13/18 destinada al “Alteo, Reconstrucción y Consolidación de camino 09-08 entre progresivas 0+000 y 1+836 y camino 11-11 entre progresivas 3+072 y 10+082, según Plan Director Vial”; y

Considerando

Que de fojas 83 a 88 se adjunta el Acta de Apertura de Propuestas y las planillas de comparación de ofertas.

Que la oficina de Compras interviene a fojas 89, informando que se invitaron cinco (5) oferentes, de los cuales se presentaron tres (3).

Que a fojas 90 el Director Vial informa que realizado el estudio y análisis de las propuestas, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Julio César Yalet, en la suma de Pesos un millón ciento cuarenta mil sesenta y siete con cincuenta centavos ($ 1.140.067,50.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones; y desestimar las ofertas presentadas por los oferentes Franco Gabriel Picco y Gustavo Omar Castanheira, por no resultar convenientes a los intereses municipales y a quienes corresponde realizarles la devolución de las garantías de mantenimiento de oferta aportadas.

Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada Nº 13/18 destinada al “Alteo, Reconstrucción y Consolidación de camino 09-08 entre progresivas 0+000 y 1+836 y camino 11-11 entre progresivas 3+072 y 10+082, según Plan Director Vial”, al oferente Julio César Yalet, en la suma de Pesos un millón ciento cuarenta mil sesenta y siete con cincuenta centavos ($ 1.140.067,50.-), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 5890/18, por las razones expuestas precedentemente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímense las propuestas presentadas en la licitación mencionada en el artículo primero a los oferentes Franco Gabriel Picco y Gustavo Omar Castanheira, por no resultar convenientes a los intereses municipales.

ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a los oferentes que se detallan a continuación, la Garantía de Mantenimiento de Oferta aportada en la licitación mencionada en el Artículo Primero, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, según el siguiente detalle:

  • Franco Gabriel Picco: Pagaré sin protesto certificado $ 114.804.-
  • Gustavo Omar Castanheira: Pagaré sin protesto certificado $ 116.398,50.-

ARTÍCULO CUARTO: Autorícese a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver al oferente Julio César Yalet, el pagaré sin protesto certificado, por la suma de Pesos ciento ocho mil cuatrocientos veintiséis ($ 108.426.-) aportado en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta, una vez cumplimentado los Artículos Nº 12 y 13 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Dirección Vial; cúmplase y archívese.