Boletines/General Villegas

Decreto Nº707/18

Decreto Nº 707/18

General Villegas, 17/05/2018

Visto

El Expediente N° 2733/18, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, mediante el cual eleva la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar gastos de alquiler; y

Considerando

Que por Decreto Nº274/18, se otorgó a los beneficiarios el apoyo económico requerido.

Que la Tesorería Municipal interviene a fojas 543 solicitando el ingreso a la Partida: Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3; correspondiente al cheque de “subsidios a indigentes” no retirado por los beneficiarios.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizase a las oficinas competentes a ingresar a la Partida Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3, las sumas no retiradas por las personas que a continuación se detallan, en concepto de “subsidios a indigentes”, correspondientes a la orden de pago Nº 3095:

Nombre y Apellido

      DNI

Importe

Natalia Becerra

29.173.382

$ 800

Yanina Benítez

36.521.075

$ 2.000

Aníbal Gómez

22.250.101

$ 1.000

Daiana González

39.291.570

$ 2.500

Sandra Gonzáles

40.277.661

$ 1.500

Livia Mansilla

37.032.951

$ 800

Rosa Martín

34.802.335

$ 1.500

Feliza Claudia Meza

22.015.898

$ 1.800

Jorge Matías Milla

32.102.466

$ 1.500

Matías Morales

34.778.641

$ 1.200

Lucia Quezada

37.176.792

$ 1.000

Noemí Quezada

38.363.754

$ 2.000

Teresa Urcullú

26.438.064

$ 1.500

Gisela Villareal

37.761.529

$ 1.200

 

TOTAL

$20.300

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.