Boletines/General Villegas

Decreto Nº700/18

Decreto Nº 700/18

General Villegas, 17/05/2018

Visto

El Expediente N° 4056/18, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, mediante el cual eleva la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a apoyo económico; y

Considerando

Que por Decreto Nº 414/18, se otorgó a los beneficiarios el apoyo económico requerido.

Que la Tesorería Municipal interviene a fojas 573 solicitando el ingreso a la Partida: Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3; correspondiente al cheque de “subsidios a indigentes” no retirado por los beneficiarios.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizase a las oficinas competentes a ingresar a la Partida Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3, las sumas no retiradas por las personas que a continuación se detallan, en concepto de “subsidios a indigentes”, correspondientes a la orden de pago Nº 4567:

Nombre y Apellido

DNI

Importe

Gladis Raquel Almeira

24.739.316

$ 800

Carolina Bravo

32.487.029

$ 700

Alicia Castro

17.884.516

$ 1.500

Maria Lorena castro

28.665.600

$ 1.000

Azucena Chávez

28.300.780

$ 1.200

Karen Chiavassa

37.879.457

$ 800

Gabriel Cineo

10.548.747

$ 800

Maria Rosa Coronel

6.148.252

$ 1.000

Maria Fenocchio

24.789.262

$ 1.200

Fabiana Guarino

16.996.174

$ 1.800

Mirta Susana Martínez

26.090.732

$ 600

Ramona Martínez

20.033.288

$ 400

Sandra Ponce

23.657.493

$ 700

Johana Quiroga

40.002.808

$ 400

Marisa Terrío

25.321.485

$ 500

Germán Velázquez

34.438.153

$ 800

Gabriela Vidal

30.730.896

$ 1.200

Elida Zarate

13.033.995

$ 800

Virginia Zenteno Bonifas

95.488.526

$ 1.000

 

TOTAL

$ 17.200

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.