Boletines/San Vicente
Decreto Nº 134
San Vicente, 16/01/2026
Visto
El Expte. Nº 4108-I-10504-2025-00, por medio del cual tramita la Licitación Privada Nº 1/2026, por la “Provisión de cubiertas para la flota municipal del sector abocado a la recolección de RSU, a cargo de la Secretaría de Servicios Públicos”, y;
Considerando
Que es oportuno hacer lugar a lo solicitado por la Dirección General de Compras, en cuanto al llamado a Licitación Privada Nº 1/2026, por la “Provisión de cubiertas para la flota municipal del sector abocado a la recolección de RSU, a cargo de la Secretaría de Servicios Públicos”;
Que se agrega el Pliego de Bases y Condiciones relacionado con la presente Licitación Privada;
Que este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para la sanción del presente, a partir de lo normado en el Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades);
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello,
El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Autorízase a la Dirección General de Compras al llamado a Licitación Privada Nº 1/2026, por la “Provisión de cubiertas para la flota municipal del sector abocado a la recolección de RSU, a cargo de la Secretaría de Servicios Públicos”.
ARTÍCULO 2°: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Privada.
ARTÍCULO 3°: El presupuesto oficial por la presente Licitación Privada asciende a la suma de pesos cincuenta y cuatro millones trescientos sesenta y ocho mil ochocientos con 00/100 ($54.368.800,00).
ARTÍCULO 4°: Las propuestas de esta Licitación Privada serán abiertas en las dependencias de la Dirección General de Compras de esta Municipalidad el día 23 de enero de 2026, a las 10:00 hs.
ARTÍCULO 5°: El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110127000 – Secretaría de Servicios Públicos. Unidad Ejecutora: 38 – Sec. de Servicios Públicos. Dependencia: 82 – Contribución GIRSU. Fuente de Financiamiento: 131 – De Origen Municipal.
ARTÍCULO 6°: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional. .
ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese, archívese.