Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1742/2025
Pellegrini, 10/12/2025
Visto y considerando
La Ordenanza Nº 1458/2019 y sus modificatorias, por la cual se crea el Programa Círculo Cerrado de Viviendas “MI CASA”;
El Decreto Municipal 1134/25 que reglamenta la Ordenanza 1458/19;
Las actuaciones administrativas del Expediente Nº 4086-0167/2025;
La presentación de aspirantes a ser adjudicatarios de las viviendas pertenecientes al Programa Círculo Cerrado de Viviendas, y
Que el Municipio de Pellegrini ha concretado la construcción de cinco (5) viviendas como parte del programa de acceso a la vivienda “Pellegrini Mi Casa”, teniendo como sistema de financiamiento el Programa Círculo Cerrado de Vivienda Municipal;
Que el proceso de adjudicación se realiza de acuerdo al procedimiento establecido La Ordenanza Nº 1458/2019, sus modificatorias y el Decreto Municipal N° 1134/25;
Que el valor de las viviendas se establece de acuerdo al valor licitatorio y base que realiza el área de Contaduría y el área de Obras Públicas;
Que de acuerdo a las características de la construcción se establece como valor total oficial de cada vivienda la suma de Pesos Sesenta y Nueve Millones Trecientos noventa y Seis Mil Ciento Veintiuno con Treinta y dos centavos ($69.396.121,32);
Que debido al valor de cada vivienda se hace imprescindible el llamado a Licitación Privada;
Que de acuerdo a los requisitos establecidos por la Ordenanza Nº 1458/2019 (texto ordenado por Ordenanza Nº 1527/20) se debe determinar quiénes son los aspirantes que cumplen con los mismos para presentar ofertas ante el llamado a licitación;
Que, en uso de las facultades legales que le son propias y de acuerdo a los artículos 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de la Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y de su decreto reglamentario;
LA INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Llámese a “LICITACION PRIVADA Nº 16/2025”, el día miércoles 07 de enero de 2026, a las 10:00 horas, en el salón de actos del Municipio, para la venta de cinco (05) viviendas con las siguientes nomenclaturas catastrales:
VIVIENDA 1 – Dimensión 64 m2; comodidades: Cocina-Comedor, un (1) baño, dos (2) dormitorios y pasillo diseñado de manera tal que puede ampliarse de ser necesario; datos catastrales Circunscripción I – Sección B – Manzana 80r – Parcela 9; dirección Drysdale Nº 809 de Pellegrini.
VIVIENDA 2 – Dimensión 64 m2; comodidades: Cocina-Comedor, un (1) baño, dos (2) dormitorios y pasillo diseñado de manera tal que puede ampliarse de ser necesario; datos catastrales Circunscripción I – Sección B – Manzana 80r – Parcela 10; dirección Drysdale Nº 825 de Pellegrini.
VIVIENDA 3 - Dimensión 64 m2; comodidades: Cocina-Comedor, un (1) baño, dos (2) dormitorios y pasillo diseñado de manera tal que puede ampliarse de ser necesario; datos catastrales Circunscripción I – Sección B – Manzana 80r – Parcela 11; dirección Drysdale Nº 833 de Pellegrini.
VIVIENDA 4 - Dimensión 64 m2; comodidades: Cocina-Comedor, un (1) baño, dos (2) dormitorios y pasillo diseñado de manera tal que puede ampliarse de ser necesario; datos catastrales Circunscripción I – Sección B – Manzana 80r – Parcela 12; dirección Drysdale Nº 845 de Pellegrini.
VIVIENDA 5 Dimensión 64 m2; comodidades: Cocina-Comedor, un (1) baño, dos (2) dormitorios y pasillo diseñado de manera tal que puede ampliarse de ser necesario; datos catastrales Circunscripción I – Sección B – Manzana 80r – Parcela 13; dirección Drysdale Nº 853 de Pellegrini.
ARTICULO 2º: Establécese como valor oficial de cada vivienda la suma de Pesos Sesenta y Nueve Millones Trecientos noventa y Seis Mil Ciento Veintiuno con Treinta y dos centavos ($69.396.121,32)
ARTICULO 3º: Apruébase el listado de aspirantes que a continuación se detalla, los cuales han cumplimentado con los requisitos establecidos e invitase a cada uno de ellos a participar de la presente licitación:
ARTICULO 4º: El pliego de Bases y Condiciones será entregados a los aspirantes aprobados junto con la notificación del cumplimiento de requisitos y la invitación a ofertar.
ARTICULO 5º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día y hora fijados para la apertura de los sobres en Mesa de Entradas de esta Municipalidad.
ARTICULO 6º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la propuesta que crea más conveniente o en su defecto rechazar todas, si considera que las mismas no reúnen las condiciones a sus intereses, sin perjuicio alguno para el Municipio en este último caso.
ARTICULO 7º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.