Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1697
Chacabuco, 22/12/2025
Leasing Pcia. opcion de compra vehículos
Visto
El expediente administrativo N°.3558/25, los contratos de Leasing N° 0011866PLP00, 0011867PLP000, 0011868PLP000, 0011869PLP000 y 0011870PLP000 celebrados oportunamente entre esta Municipalidad y el Banco de la Provincia de Buenos Aires (Provincia Leasing); y
Considerando
Que, mediante las Ordenanzas Nros. 8.748/21 Y 8.771/21 el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a suscribir contratos de locación con opción de compra (Leasing) para la incorporación de bienes de capital, específicamente: UN Camión Iveco TEctor Attk 150E21, una Cargadoar SEM 618HD, una CVargadora SEM 618D y una Motoniveladora SEM 915;
Que, el mencionado contrato ha cumplido con el plazo de canon estipulado, encontrándose vigente y expedita la facultad de este Municipio para ejercer la Opción de Compra conforme a lo dispuesto en el Contrato celebrado;
Que, resulta de interés público y conveniencia patrimonial para el municipio consolidar el dominio de dichas unidades, las cuales se encuentran actualmente afectadas a la prestación de servicios esenciales de la Municipalidad de Chacabuco (B);
Que, la Oficina de Compras, Contaduría Municipal, la Secretaría de Hacienda y la Asesoría Legal y Técnica han tomado la intervención de su competencia;
Que, el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 108 inc. 11 y concordantes del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades).
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Ejérzase la OPCIÓN DE COMPRA prevista en los contratos de Leasing Nros.0011866PLP00, 0011867PLP000, 0011868PLP000, 0011869PLP000 y 0011870PLP000 suscriptos con Provincia Leasing S.A., respecto de los siguientes bienes:
ARTÍCULO 2°: Dejar pendiente el contrato de un Camión IVECO Tector Attack 150E21 (0011869PLP000) por discrepancia en el valor residual y gastos por transferencia cancelación según corresponda para el cese del seguro.
ARTÍCULO 3°: Autorizase a la Secretaría de Hacienda y a la Contaduría Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias y a disponer de los fondos para el pago del Valor Residual de compra, así como también los gastos de sellado, aranceles registrales u otros gastos administrativos que demande la transferencia de dominio definitiva a favor de la Municipalidad de Chacabuco
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto Será refrenado por el Señor Secretario de Gobierno de la comuna
ARTÍCULO 5: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Chacabuco, 22 de diciembre de 2.025-