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Decreto Nº1691

Decreto Nº 1691

Chacabuco, 19/12/2025

 

DISPONIENDO LA CONTRATACIÓN DEL DR. VANINETTI GENARO BAUTISTA.-

Visto

Que, el Secretario de Salud del Hospital solicita en el expediente nro. 4029-4465/25, la contratación de un médico cirujano, para realizar guardias generales en el Hospital Municipal Nuestra Sra. del Carmen, los días hábiles, sábados, domingos y feriados, en el Servicio de Guardia Central; Y

Considerando

 

                           Las constancias del Expediente;

                           Que, corresponde llamar a concurso de oposición y antecedentes; sin embargo, el estado municipal no puede dejar de atender las necesidades sanitarias de la población bajo pena de incurrir en grave incumplimiento de la tarea que le es propia y hace a su esencia;

                            Que, la Asesoría Legal y Técnica se ha expedido con dictámenes que este Departamento Ejecutivo Comparte;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Disponer la contratación del Dr. VANINETTI Genaro Bautista, D.N.I. N° 38.004.337, para realizar guardias generales en el Hospital Municipal Nuestra Sra. del Carmen, los días hábiles, sábados, domingos y feriados, en el Servicio de Guardia Central; retroactivo al 01 de noviembre de 2.025 y hasta tanto finalice el procedimiento establecido para el llamado a concurso de oposición y antecedentes, en un todo de conformidad a las constancias del expediente nro. 4029-4465/25.

ARTÍCULO 2º: Establecer que la citada profesional percibirá una remuneración por un valor mensual equivalente a lo establecido por decreto municipal para las guardias generales en el Hospital Municipal, los días hábiles, sábados, domingos y feriados, según necesidades del Servicio de Guardia Central, la cantidad de las guardias que realice estará sujeta a la demanda .

ARTÍCULO 3º: El presente gasto será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM  correspondiente.

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la  Comuna.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.

Chacabuco, 19 de diciembre de 2.025.-