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Decreto Nº1644

Decreto Nº 1644

Chacabuco, 10/12/2025

PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL

Visto

la sanción de la Ordenanza Nº 10.806/25 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Considerando

la sanción de la Ordenanza Nº 10.806/25 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 10.806/25 sancionada por el  Honorable Concejo Deliberante, por la cual se autoriza a los  Sres. Sciarretta Alejandro Nicolás D.N.I. N° 33.963.693 y el Sr. Toniolo José Osvaldo D.N.I. N° 23.686.923, la excepción a la Ordenanza 7.494/17, con motivo de la realización de un evento en el Predio de la Sociedad Rural de Chacabuco, ubicado en el Acceso Hipólito Yrigoyen y calle N° 179, los días 24 y 31 de diciembre del cte. año, exclusivamente.

 

ARTÍCULO 2°: El otorgamiento de dicha excepción quedará sujeto al cumplimiento, por parte de los organizadores, de los requerimientos solicitados por las autoridades municipales y provinciales competentes en la materia.

                                                                                                             

ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de  Gobierno de la Comuna.

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.

Chacabuco, 10 de diciembre de 2.025.-